“En el recurso se ordena a la Secretaría de la Función Pública (SFP) entregar la versión pública de las declaraciones patrimoniales y de intereses de 23 ingenieros militares residentes de obra en el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles (AIFA)”, recordó la SCJN.
Para llegar a tal determinación, la Corte consideró que los elementos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos, como servidores públicos, “están sujetos al régimen de la Ley General de Responsabilidades Administrativas y la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, por lo que están obligados a la presentación de declaraciones patrimoniales y de intereses, las que deberán hacerse públicas, en los términos dispuestos por la normativa aplicable”.
De acuerdo con la Suprema Corte, la Consejería recurrente “no aportó pruebas directas o indirectas para demostrar que entregar dichos documentos representa un riesgo real, demostrable e identificable de perjuicio a la seguridad nacional”.
Contrariamente a lo aducido por la Consejería, en el asunto ahora resuelto los documentos solicitados únicamente permitirían conocer la evolución patrimonial de 23 ingenieros militares, sin que se demostrara que ello pondría en peligro la coordinación interinstitucional en materia de seguridad nacional, agregó.
La Suprema Corte señaló que “los agravios de la Consejería recurrente, consistentes en que algún día, en el futuro, los 23 ingenieros militares podrían ejercer el mando de una unidad operativa, se basaron en supuestos hipotéticos, futuros e inciertos, sin demostrar que la entrega de las declaraciones patrimoniales y de intereses obstaculizaría su actuación en ese caso”.
“Como consecuencia de lo anterior, la Corte confirmó la resolución del Pleno del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, dictada en un recurso de revisión, el 6 de julio de 2022”.