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IMSS-Bienestar: las claves del nuevo organismo público de salud

El IMSS-Bienestar debe brindar atención médica integral y gratuita a la población sin afiliación.
mié 31 agosto 2022 03:48 PM
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El director del IMSS, Zoé Robledo, está a cargo de la federalización de los servicios de salud.

El decreto por el que se crea el Organismo Público Descentralizado IMSS-Bienestar se publicó este 31 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Con esta acción se formaliza la evolución de esta iniciativa, que pasó de ser un programa institucional a un nuevo organismo con autonomía técnica y patrimonio propios.

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El objetivo principal de este nuevo organismo público será brindar servicios de salud a las personas que no tienen seguridad social, es decir, que no están afiliadas al IMSS o al ISSSTE.

¿Qué es IMSS-Bienestar?

IMSS-Bienestar es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, no sectorizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios. También cuenta con autonomía técnica, operativa y de gestión.

Su nombre oficial es Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar y su sede se encuentra en la Ciudad de México.

También podrá disponer de oficinas de representación en las entidades federativas o en las regiones donde brinda servicios, siempre que esto “no implique un requerimiento adicional de recursos y se encuentre dentro de su disponibilidad presupuestaria”, se explica en el decreto.

Los recursos con los que operará se asignarán desde el gobierno federal, a través del Presupuesto de Egresos de la Federación. Además, podrá recibir recursos adicionales de los gobiernos estatales.

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¿Para quién es y cómo registrarse?

El organismo público IMSS-Bienestar tiene por objeto brindar a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social atención médica y hospitalaria integral y gratuita, con medicamentos y bajo criterios de universalidad, igualdad, calidad y sin discriminación.

Estos servicios se otorgarán de manera independiente a los que presten otras instituciones públicas o privadas.

Este organismo funcionará al suscribir convenios de colaboración con los distintos estados del país. Es decir, las personas no se registran de manera directa, pero recibirán atención médica en los hospitales y clínicas médicas destinadas a la gente sin seguridad social que se ubiquen en las entidades federativas afiliadas al IMSS-Bienestar.

Estados donde operará

Aunque otras entidades federativas podrán afiliarse, algunos de los estados que ya firmaron convenio de colaboración con el IMSS-Bienestar son:

  • Colima
  • Nayarit
  • Tlaxcala
  • Guerrero
  • Zacatecas
  • San Luis Potosí
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¿Quién dirigirá este organismo?

La persona titular de la Dirección General del IMSS-Bienestar será designada por el presidente de la República Andrés Manuel López Obrador y debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Ser de nacionalidad mexicana.
  • Con una edad mínima de 30 años cumplidos.
  • Con título profesional mínimo de licenciatura.
  • Con conocimiento especializado “en alguna de las disciplinas afines al objeto del IMSS-Bienestar”.
  • Y con 5 años de experiencia en algún cargo que implique toma de decisiones.

La administración del IMSS-Bienestar, además, estará a cargo de la Junta de Gobierno. Este organismo será presidido por la persona titular del IMSS, que ahora es Zoé Robledo.

La Junta de Gobierno se integrará también por los titulares de la Secretaría de Salud; la Secretaría de Hacienda y Crédito Público; la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de Bienestar.

También participarán como miembros de la Junta de Gobierno los titulares de cuatro órganos normativos del IMSS y un representante del sindicato mayoritario al que estén afiliados los trabajadores del instituto.

“Serán invitados permanentes y asistirán a las sesiones, con derecho a voz, pero sin voto, la persona comisaria pública designada por la Secretaría de la Función Pública y la persona titular de la Dirección General del IMSS-Bienestar", establece el decreto.

La Junta de Gobierno del IMSS-Bienestar se instalará en un periodo no mayor a los 30 días naturales siguientes a la publicación del decreto y expedirá su Estatuto Orgánico en un plazo no mayor a 60 días naturales, contados a partir de su instalación.

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