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TEPJF modifica la convocatoria para el Congreso Nacional Ordinario de Morena

También deberá emitir una nueva determinación en la que se analice el cumplimiento al mandato de paridad de género en su vertiente horizontal.
mié 27 julio 2022 09:44 PM
morena
Los aspirantes a la candidatura de Morena ya han participado en varios eventos públicos.

Por mayoría de votos, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la convocatoria al III Congreso Nacional Ordinario de Morena, en lo relativo a las personas que podrán votar en los congresos distritales.

Además, revocó parcialmente la determinación dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de ese partido político, a efecto de que se emita una nueva en la que se analice el cumplimiento al mandato de paridad de género en su vertiente horizontal, así como las medidas para garantizar el acceso a cargos de dirección a miembros de la comunidad LGBTTTIQ+.

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Y es que, en un primer momento, la referida Comisión declaró la validez de la convocatoria ya que estimó, esencialmente, que se cumplía con el principio de paridad en todo y que era congruente con los principios de auto organización y autodeterminación de la que gozan los partidos. Sin embargo, esa determinación fue impugnada ante la Sala Superior.

En sesión pública por videoconferencia, los magistrados determinaron, a propuesta del magistrado presidente Reyes Rodríguez Mondragón, modificar la citada convocatoria, al considerar que cualquier persona afiliada o que se afilie en ese momento pueda votar, cumpliendo un mínimo de requisitos, con excepción de quienes se identifiquen con la credencial del gobierno legítimo.

Además, se consideró desproporcionado que se les exija a las personas, que se encuentran en el padrón de militantes, validado por el Instituto Nacional Electoral (INE), que acrediten su militancia.

Respecto del cumplimiento con el mandato de paridad de género en su vertiente horizontal, se revocó la determinación con el fin de que la Comisión de Justicia emita una nueva, a la brevedad, en la que responda si la convocatoria cumple con el principio de paridad y qué medidas se adoptarán para observar ese principio.

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Además, deberá informar si la convocatoria prevé medidas especiales para garantizar el acceso a los cargos de dirección partidista próximos a renovarse, de las personas pertenecientes a la comunidad LGBTTTIQ+.

Este sábado y domingo Morena prevé realizar sus asambleas distritales, para elegir 10 congresistas distritales que simultáneamente tendrán el carácter de congresistas nacionales y podrán votar los nuevos integrantes del Comité Ejecutivo Nacional (CEN) e incidir en las candidaturas de las elecciones federales de 2024.

Tanto el líder nacional de Morena, Mario Delgado, como la secretaria general, Citlalli Hernández, permanecerá en su cargo hasta agosto de 2023.

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Marina del Pilar Ávila vulneró reglas de revocación

En otro asunto, el pleno de la Sala Superior confirmó la resolución emitida por la Sala Regional Especializada, en la que se determinó la existencia de la vulneración a las reglas de promoción del proceso de revocación de mandato y el uso indebido de recursos públicos, atribuibles a la gobernadora de Baja California, Marina del Pilar Ávila.

Ello, tras la denuncia que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) en contra de la mandataria local de Morena por la difusión de un video en su cuenta de Facebook, en el que invitaba a participar en el ejercicio revocatoria del pasado 10 de abril.

De acuerdo al blanquiazul, se vulneraron las reglas de promoción y difusión del proceso de revocación de mandato, así como el principio de imparcialidad de las personas del servicio público, por lo cual solicitó medidas cautelares para que cesara de la difusión del material denunciado.

En principio, el Consejo local del Instituto Electoral (INE) en Baja California, estimó que, de manera preliminar, se trataba de difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.

La Sala Superior, determinó confirmar la sentencia impugnada ya que la Sala Regional Especializada identificó plenamente los elementos que actualizaban la infracción por la indebida promoción del proceso de revocación de mandato, ya que solicitaron de manera expresa el llamamiento a la ciudadanía para participar y votar en el referido proceso de participación democrática.

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