Publicidad
Publicidad

Suprema Corte sobresee controversia del IFT contra el padrón de telefonía

Nueve de los once ministros apoyaron el proyecto de la ponente Norma Lucía Piña Hernández, al estimar que la instrumentación del Padrón es excesivamente invasiva en los derechos humanos de usuarios.
mar 26 abril 2022 02:50 PM
telefonía
Personas usando su celular mientras esperan el Metrobús.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobreseyó la controversia constitucional que promovió el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) contra el decreto por el que se creó el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (Panaut), en virtud de que ya se declaró su invalidez total.

Y es que la víspera, el Pleno resolvió la inconstitucionalidad del Panaut, debido a que vulnera los derechos humanos de los usuarios al exigirles entregar sus datos biométricos y personales para acceder al servicio de telefonía celular.

Publicidad

Nueve de los once ministros apoyaron el proyecto de la ponente Norma Lucía Piña Hernández, al estimar que la instrumentación del Padrón es excesivamente invasiva en los derechos humanos de los usuarios.

Además, porque ya existen medidas contempladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales y en la propia Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión para prevenir y combatir el uso de dispositivos móviles para cometer delitos.

Los ministros Arturo Zaldívar, Javier Laynez Potisek Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá, Loretta Ortiz Ahlf, Luis María Aguilar Morales, Yasmín Esquivel Mossa, Jorge Mario Pardo Rebolledo respaldaron el proyecto de Piña Hernández.

Publicidad

Corte concluye análisis de Panaut

La Corte continuó este martes la discusión de las acciones de inconstitucionalidad 82/2021 y su acumulado 86/2021 promovidas por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INA) y senadores de la 60 Legislatura, sobre los efectos de la sentencia relativa al Panaut.

“En el considerando sexto, se propone sobreseer la presente controversia en fundamento a los artículos 19, fracción quinta y 20, fracción segunda de la Ley Reglamentaria de la Materia”, leyó la ministra Piña.

Lo anterior, “ya que con motivo de lo resuelto el Pleno en el asunto precedente en el que se declaró la invalidez de la totalidad del sistema normativo del Decreto de Reformas a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicado el 16 de abril del 2021, han cesado sus efectos de las normas normativas en la presente controversia”.

Al aprobarse los efectos y resolutivos, quedó resuelto en definitiva este asunto. El apartado fue aprobado por unanimidad de votos.

“De esta forma queda definitivamente resuelto este asunto”, señaló el ministro presidente Arturo Zaldívar, quien convocó a la sesión ordinaria del Pleno a celebrarse el próximo jueves 28 de abril a las 11:00 horas.

Publicidad

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

MGID recomienda

Publicidad