En su intervención, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, refirió que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha sostenido que ni las características o apariencia del sujeto ni la gravedad del delitos que se les imputa son suficientes para una prisión preventiva.
"No se puede estarse ampliando simplemente el catálogo de delitos que merecen prisión preventiva oficiosa. No solo se trata de no acatar la Constitución, sino de tomarnos en serio los derechos humanos, que son parte del artículo primero constitucional (...) El peligro procesal no puede presumirse. Tiene que justificarse", expuso Zaldívar.
Además de Arturo Zaldívar, los ministros que votaron a favor de la invalidez son José Fernando Franco González Salas, Luis María Aguilar Morales, Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Javier Laynez Potisek, Norma Lucía Piña y Alberto Pérez Dayán.
Por su parte, Yasmín Esquivel Mossa, Margarita Ríos Farjat y Franco González Salas defendieron la prisión preventiva al considerar que podría ser aplicable por defraudación fiscal y facturación falsa siempre que se rebasen los 8 millones 695,470 pesos.
De esta manera, la SCJN deja sin efectos las reformas al párrafo segundo del artículo 187, el párrafo tercero del artículo 256, la adición de un párrafo séptimo con las fracciones I, II y III al artículo 167, así como un párrafo tercero al artículo 192 del Código Nacional de Procedimientos Penales. Todas estas modificaciones fueron aprobadas por el Congreso mexicano.
En un comunicado , el PAN, que presentó una de las impugnaciones, celebró el fallo de la Corte:
"Las senadoras y senadores del Grupo Parlamentario del Partido Acción Nacional, del Partido Revolucionario Institucional, de Movimiento Ciudadano y del Partido de la Revolución Democrática que integramos el Bloque de Contención en el Senado se congratulan por la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y ratifican su compromiso con el Estado de Derecho, el respeto al debido proceso y a la presunción de inocencia".