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El TEPJF multa al gobierno de Coahuila con 179,240 pesos por no transmitir spots

La Sala Especializada impuso la sanción tras determinar que, a través de una concesionaria, el gobierno del estado fue omiso en transmitir 568 promocionales de los partidos en las pasadas elecciones.
jue 14 octubre 2021 04:09 PM
Elecciones 2020 Coahuila
Este año, México realizó las elecciones más grandes de su historia.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó multar al gobierno de Coahuila, concesionario de la emisora XHNPC-FM102.5, con 179,240 pesos, por no transmitir 568 promocionales durante la pasada contienda electoral local, que fue concurrente con la federal.

Los spots de los partidos políticos debían difundirse del 10 al 23 de marzo y del 26 de mayo al 1 de junio.

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De las pruebas con las que cuenta el expediente, se tiene certeza de que la concesionaria omitió transmitir los referidos promocionales y no ofreció reprogramación voluntaria por requerimiento; por lo tanto, la falta fue calificada de grave ordinaria y se aprobó imponer una sanción.

En sesión pública, la Sala Especializada ordenó a la concesionaria retransmitir los promocionales.

“Es existente el incumplimiento de transmitir la pauta conforme a lo ordenado por el INE atribuible al estado de Coahuila (…) Se le impone una multa (...) equivalente a 179,240 pesos”, avalaron los magistrados por unanimidad.

Además, los magistrados Rubén Lara Patrón, presidente de la sala, y Luis Espíndola Morales emitieron votos concurrentes.

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Sanción a MC

En otro asunto, la Sala Especializada sancionó al partido Movimiento Ciudadano (MC) con 17,324 pesos, por no deslindarse de la colocación de carteles que constituyen propaganda electoral en el equipamiento urbano, lo cual vulnera la normatividad electoral.

Durante los comicios del 6 de junio, se acreditó la colocación indebida de al menos ocho carteles de la entonces candidata emecista en el Distrito 5, Lied Castelia Miguel Jaimes, hecho del cual el partido no se deslindó.

El proyecto del magistrado Espíndola contemplaba aplicar una sanción para Miguel Jaimes por 8,962 pesos; sin embargo, al final y tras ser modificado, se aprobó por unanimidad que la multa fuera únicamente para el partido que la postuló.

Espíndola recordó que, conforme a la normatividad electoral del país, “no se puede colocar propaganda gubernamental ni política ni electoral en elementos de equipamiento urbano”, pero los partidos lo siguen haciendo y, por ende, deben ser sancionados.

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