Ello, al considerar que en dicha circunscripción no existe alguna otra fórmula de candidaturas indígenas que pueda suplir a la que es revocada.
Además, se acordó dar vista a la Unidad de lo Contencioso Electoral, a fin de que inicie un procedimiento ordinario sancionador para determinar si el PAN, al haber faltado a su responsabilidad y deber de cuidado, incurrió en alguna infracción a la ley electoral en materia de postulación de candidaturas indígenas por acción afirmativa.
En votación dividida, de cuatro votos a favor y tres en contra, se consideró que la postulación a través de una fórmula que debía reservarse para una candidatura indígena no puede ser validada pues, de lo contrario, se produciría un fraude a la ley.
Los hechos
Itzel Sardiñas Saavedra, Ulises Pérez Martínez y otras personas de comunidades indígenas impugnaron el acuerdo del Instituto Nacional Electoral (INE) mediante el cual se otorgó la constancia de asignación plurinominal a la referida fórmula postulada por el PAN.
Señalaron que los candidatos fueron postulados como parte de una acción afirmativa para una adscripción indígena sin contar con elementos de adscripción o vinculación con ese tipo de comunidades.