“¿Tienes 250 pesitos y te quieres divertir? Soy Paulet y estoy […] esperándote, servicio completo, llámame al ****,” es la leyenda que incluían varios folletos distribuidos en Quintana Roo, que también contenían una fotografía de una mujer de espaldas y dos emoticones de un durazno y una berenjena.
Estos hechos ocurrieron el mismo día del proceso electoral local ordinario 2018-2019. El detalle es que el número telefónico era de una candidata a diputada local postulada por la coalición “Orden y Desarrollo por Quintana Roo”, se indica en el expediente de queja.
La candidata presentó una queja en el Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO) porque “a su juicio se fomentó la intimidación en contra de su participación en ese proceso electoral, lo que generó violencia política en razones de género en contra de su persona”.
El 2 de junio de 2019, fue detenido junto con dos personas más, un entonces servidor público de Isla Mujeres, como presunto culpable de la distribución de dichos folletos.
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“Ese mismo día me sorprende, conmociona y llena de temor que en mi teléfono personal, empiezo a recibir llamadas telefónicas requiriéndome servicios sexuales y llamando de diversas formas por demás agresivas, violentas y discriminatorias y que lastimaron mi dignidad como mujer, ya que me sentí ofendida en mi valor de persona e incómoda, con incertidumbre y confundida, porque no sabía qué sucedió, lo que me alteró emocionalmente al grado que dejé de contestar llamadas”, dice en sus alegatos la entonces candidata.
El órgano electoral falló a favor de la candidata, impuso sanciones económicas a tres personas y pidió que se anotaran los nombres de los sancionados en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política las Mujeres en Razón de Género.
El caso de la candidata en Quintana Roono es aislado. La violencia de género se ejerce contra candidatas, pero también contra precandidatas e incluso mujeres que ya ejercen un cargo político.
Las denuncias se desgranan: por no permitirles participar en discusiones y aprobaciones de cuentas públicas; no convocarlas a sesiones de cabildo; no recibir sus remuneraciones; declaraciones de hombres de corte sexista y estereotipados; omisión de atender sus peticiones; impedimento del debido ejercicio del cargo; agresiones verbales y publicaciones en redes sociales que atentan contra su imagen.
Violencia al interior de los partidos políticos
“Los partidos políticos en México constituyen, en lo general, el mayor obstáculo para que las mujeres accedan e influyan en la toma de decisiones partidarias, la agenda política y el debate público”, cita Dania Paola Ravel Cuevas, consejera electoral del Instituto Nacional Electoral (INE).
El fragmento que aborda es del “Diagnóstico ATENEA. La democracia paritaria en México”, publicado en 2017 por ONU-Mujeres, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y el Instituto Internacional para la Democracia y Asistencia Electoral.
En 2018, los partidos con registro nacional firmaron varios compromisos con ONU-Mujeres, entre ellos, protocolos para la atención, prevención y sanción de los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género al interior de los partidos políticos, rememora la consejera.
Pero un año después, ella solicitó una reunión con los involucrados para ver cómo habían funcionado los protocolos; de hecho, imaginó que entre partidos podrían intercambiar experiencias e incluso hacer adecuaciones.
”Mi sorpresa fue que muchos partidos políticos decían que no tenían ni siquiera el registro de las quejas que se habían presentado por casos de violencia política al interior de los partidos políticos, pero no es nada más como una falta de orden, parece ser que no tenían la certeza de si se había (seguido) el protocolo o no. La verdad es que a mí, lo que me dejó fue la sensación de que realmente habían hecho estos protocolos, pero nada más para cumplir con el compromiso de ONU-MUJERES”, dice Ravel Cuevas.
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Expansión Política pidió a cada uno de los partidos, vía solicitudes de acceso a la información pública, el número y detalles de los casos, denuncias, quejas o procedimientos que versan sobre violencia de género y sexual de los que se tuvieron conocimiento al interior de sus estructuras de 2018 al 16 de febrero de 2021.
Morena dijo que tuvo tres casos. El primero se registró en Nayarit por violencia política de género mediante actos de intimidación y violencia psicológica, esto fue denunciado por una mujer militante de “Protagonista del Cambio Verdadero”.
Ella denunció a dos hombres; el primero, un delegado estatal de programas para el desarrollo de Nayarit y el segundo, un delegado regional de la zona norte de la Secretaría del Bienestar, en la delegación de Nayarit. El caso se encuentra en la etapa de instrucción hasta el momento de la respuesta del partido.
La segunda denuncia se presentó en Guerrero por “una posible conducta de violencia de género y fama pública”. Una mujer militante de “Protagonista del Cambio Verdadero” señaló a un candidato a un puesto de elección popular para el proceso electoral de 2020-2021.
Al momento de la respuesta, se indicó que también se encontraba en la etapa de la instrucción. El tercer caso fue en el mismo estado y la misma conducta, en este caso el Consejo Nacional de Honor y Justicia de Morena denunció a Félix Salgado Macedonio como el único caso que cuenta con resolución.
Movimiento Ciudadano (MC) respondió que tiene un caso de acoso u hostigamiento sexual. “El cual se encuentra aún en proceso de análisis y resolución (proceso deliberativo) por lo que dicha información se encuentra, por el momento, en carácter de reservada -por un año-”, este acto fue realizado por la Comisión Nacional de Transparencia del partido a petición de la Comisión Nacional de Justicia Intrapartidiaria de MC.
Por otra parte, el Partido del Trabajo (PT) dio a conocer que no se presentaron quejas, denuncias o procedimientos sobre violencia sexual ante la Comisión Nacional de Conciliación, Garantías, Justicia y Controversias, órgano interno del PT; y por lo tanto, no tenemos información para ofrecer en los términos que la requiere”. Sin embargo, omitió responder sobre la violencia de género.
El Partido de la Revolución Democrática (PRD) declaró una “notoria incompetencia” y pidió dirigir la solicitud de acceso a la información a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México. En el caso del Partido Acción Nacional (PAN), el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Encuentro Solidario (PES) respondieron que tenían cero denuncias sobre violencia de género y sexual o que éstas no se les han presentado.
Tras la reforma electoral del 13 de abril de 2020, se emitieron lineamientos para que los partidos políticos prevengan, atiendan, sancionen, reparen y erradiquen la violencia política contra las mujeres en razón de género, estos fueron aprobados por el INE y después publicados en el Diario Oficial de la Federación en noviembre de ese mismo año.
“Establecimos que en los órganos de justicia intrapartidaria era en donde se iba a conocer, investigar y resolver este tipo de quejas y que tenían que tener una coadyuvancia de los organismos de mujeres de los partidos políticos”, explica la consejera electoral.
También añadió que el INE recibió 12 quejas en materia de violencia política contra las mujeres por razón de género que eran competencia de los partidos y se las remitieron, pero al darle seguimiento se percataron que, en general, fueron atendidas a excepción de tres casos.
Por su parte, Teresa Hevia Rocha, socia de 2624 consultoras, quienes son especialistas en temas electorales y de género, dice en entrevista que los partidos están respondiendo muy poco a esto porque son pocas las mujeres que se atreven a denunciar al interior del partido justamente porque tienen cero confianza en que las vayan a respaldar y, en cambio, si corren el riesgo de ser etiquetadas como conflictivas y entonces pueden ser echadas a un lado, por ejemplo, en la distribución de candidaturas. “Los primeros que atacan y agreden a las mujeres e incumplen con sus derechos son los partidos políticos”, enfatiza.
En caso de que se presente una queja ante un partido y no se le da trámite, las mujeres pueden ir a la autoridad jurisdiccional a impugnar para que se atienda su caso o si consideran que una resolución es injusta también puede promover una actuación ante la autoridad jurisdiccional. Otro de los cambios importantes radica en que se tipificó la violencia política de género como delito electoral.
La importancia de nombrar a la violencia política de género
En el INE se han presentado 60 quejas por violencia política contra las mujeres por razón de género desde que inició el proceso electoral al 19 de abril. “Nosotros lo que hemos advertido es que sobre todo se está enfocando la violencia política contra las mujeres por razón de género a nivel local y entonces lo que advertimos es que llegan con nosotros, pero no somos competentes [ya] que son cuestiones que se realizaron a nivel municipal, entonces se las tenemos que remitir a los organismos público locales electorales”, dice Ravel Cuevas. Añade que por esta razón se quedaron sólo con 20 casos.
Por su parte, Anabel López Sánchez, directora general para una Vida Libre de Violencia y para la Igualdad Política y Social del Instituto Nacional de las Mujeres (Inmujeres) dice que hacer visible la violencia política contra las mujeres es hacer visible las desigualdades para acceder al ejercicio de los derechos, por eso, es tan importante nombrarla porque si no la registramos, no se investiga y no se sanciona de manera correcta, entonces el camino para el ejercicio de los derechos políticos seguirá siendo muy tortuoso para las mujeres.
Poner la vara más alta a las y los candidatos
La Ley 3 de 3 contra la violencia que aplica para hombres y mujeres consiste en que las personas aspirantes a las candidaturas no cuenten con antecedentes de denuncia, investigación y/o procesamiento y, en su caso, no haber sido condenados o sancionados por resolución firme por violencia familiar o delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal y no estar inscrito o tener registro vigente en el padrón de deudores alimentarios o morosos.
ParaDania Paola Ravel Cuevas, a partir de estas disposiciones se busca poner "la vara más alta" para los perfiles de las y los candidatos para propiciar que quien llegue a un cargo de poder no sea alguien que vaya a reproducir estereotipos y prejuicios de género.
También se creó el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género, que diseña y opera el INE, hay 48 personas que componen la base de datos sobre este tema al 20 de mayo de 2021. El 75% de quienes agredieron a una mujer fueron hombres y, respecto al cargo que ocupan los sancionados, en su mayoría, fueron presidentes y presidentas municipales con 24.
La permanencia en el registro depende del tipo de falta que cometieron. En caso de ser leve serán 3 años; ordinaria 4; especial 5 y si hay reincidencia, 6. También existen agravantes de las conductas cuando éstas son cometidas por personas servidoras públicas, aspirantes a candidaturas independientes, precandidatas (os) y candidatas (os), así como profesionales de los medios de comunicación.
Ernesto Ruiz Flandes es un presidente municipal de Altotonga, Veracruz, que aparece con siete sanciones por: convocar de manera reiterada a la víctima a sesiones de cabildo sin la documentación completa, indebida notificación de convocatorias para las sesiones de cabildo de forma reiterada, omisiones de contestar a peticiones de la víctima e iniciar una sesión de cabildo 15 minutos antes de la hora establecida sin causa justificada. Se hizo acreedor a apercibimientos y no hubo impacto para estas elecciones.
“La presencia en el registro puede tener consecuencias de negárseles una candidatura [a las y los sancionados] en virtud de que pueda hablarse de que las personas que ejercen violencia no tienen un modo honesto de vivir y, por lo tanto, no cumplen con los requisitos para ser candidatos, explica Hevia Rocha.
El Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género es uno punto importante de las reformas en la materia que se suscitaron en abril de 2020. Su objetivo es que pueda ser consultada previo al registro de candidaturas la información de las personas que cuenten con una resolución o sentencia, ya sea firme o ejecutoriada. Los datos de las y los sancionados deben ser otorgados por las autoridades federales y locales, ya sean jurisdiccionales, administrativas o penales.
Pendientes para cerrar la brecha
“[Un punto a tomar en cuenta es que] el tribunal resolvió que no son competentes los órganos electorales para tomar medidas que permitan sancionar esta violencia a mujeres designadas. Ese es el caso de las legisladoras, el tribunal ha argumentado que es el derecho parlamentario quien tiene que dar respuesta a estas situaciones y, por otro lado, si son servidoras públicas por designación, pues tendrían que ser sus respectivos órganos internos de control”, explica Teresa Hevia Rocha, socia de 2624 consultoras.
Con relación a la igualdad sustantiva aún se ve una gran brecha dice Ravel Cuevas. “Eso se refleja en casos como los que vimos en 2018 en Chiapas con las llamadas ‘Juanitas’ cuando, por ejemplo, después de la jornada electoral muchas mujeres a las cuales les podría corresponder un lugar por la vía de representación proporcional en los ayuntamientos o en el congreso del estado renunciaban muchas veces engañadas por sus propios partidos políticos”.
También recuerda la discusión de la paridad en las gubernaturas, ya que pese a que se realizó una reforma constitucional en 2019, cuando el INE emitió lineamientos para hacer realidad lo que se había establecido resultó que un partido político nacional y el senado impugnaron cuando ellos también habían votado a favor de que eso se incluyera en la Constitución. ”Entonces yo sigo viendo esa disonancia entre lo que muchas veces se plasma en las leyes y lo que está pasando en la realidad”, dice la consejera de INE.
Las especialistas coincidieron en que las mujeres en el ámbito local y municipal son más susceptibles a ser víctimas de violencia política contra las mujeres en razón de género y les preocupa el escenario de las próximas elecciones, sobre todo, por la violencia homicida y feminicida que se suscitó en las pasadas elecciones.
Ante esto, Anabel López Sánchez dijo que la estrategia de protección en el marco del proceso electoral establece un centro de monitoreo y acciones de coordinación de los tres niveles de gobierno y de distintas instituciones de seguridad pública a nivel federal, estatal y municipal.
La violencia política de género también la pueden ejercer las mujeres. En Oaxaca, una regidora de ecología del ayuntamiento de Santa Cruz Amilpas señala la vulneración de su derecho de votar y ser votada, “en la vertiente de ejercicio del cargo por el cual fue electa, por parte de la presidenta municipal e integrantes del ayuntamiento”, indica en sus agravios la actora en el expediente JDC/55/2020, mismo que fue consultado por Expansión Política.
La regidora numeró cuatro agravios: omisión de convocarla a sesiones de Cabildo; negativa de otorgarle recursos económicos para realizar las actividades inherentes a la Regiduría de Ecología; omisión de darle respuesta a sus oficios, en los cuales pidió a la presidenta municipal información del estado que guarda la administración pública municipal, así como la regiduría mencionada y la omisión de entregar recursos materiales para el desempeño de sus funciones, así como de reembolsar lo erogado por la actora.
En la sentencia, el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO): “determinó que los actos y omisiones realizados por la Presidenta Municipal de Santa Cruz Amilpas, en perjuicio de la regidora actora, como lo son el no convocarla a sesiones de Cabildo; no dar respuesta a diversas solicitudes desde el año 2019 y, no entregarle los recursos materiales necesarios para el desempeño de sus funciones; generan la invisibilización de la regidora actora, y constituyen Violencia Política en Razón de Género”.
Las medidas que dispuso el TEEO: tener por desvirtuada la “presunción de que la [...] presidenta municipal de Santa Cruz Amilpas, Oaxaca, tiene un modo honesto de vivir, aspecto que perdurará desde el dictado de la presente sentencia, hasta la conclusión del próximo proceso electoral ordinario local en nuestro estado y federal”; se ordenó la continuación de las medidas de protección dadas a la regidora, así como remitir copias certificadas de la sentencia al Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca y al Consejo General del INE.
Además, se decretó que se deberá incluir a las autoridad responsable en el registro de sancionados por violencia política en razón de género; se vincula a la Secretaría de las Mujeres de Oaxaca para que implementen un taller o curso de capacitación y sensibilización en el tema, a los funcionarios del ayuntamiento; se ordena que se fije el resumen de la sentencia en los estrados del ayuntamiento y también se dijo que la sentencia tenía que tener una amplia difusión.
“Al interior de los partidos políticos es muy deseable que las mujeres hagan redes estén en comunicación, se apoyen unas a otras y hagan un frente común porque una mujer sola en estas estructuras patriarcales tan poderosas realmente tiene pocas posibilidades de salir adelante en sus pretensiones de tener justicia”, puntualiza Hevia Rocha.