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Alejandro Moreno y Antonio Attolini, multados por violar la veda electoral

La Sala Especializada del Tribunal Electoral impuso a ambos políticos una multa de 13,032 pesos por haber hecho propaganda en Twitter durante la veda de las elecciones locales en Hidalgo y Coahuila.
jue 29 abril 2021 06:20 PM
Alito y Attolini
Alejandro Moreno fue gobernador de Campeche y hoy es dirigente nacional del PRI. Antonio Attolini fue activista y hoy es candidato de Morena a diputado federal.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) multó con 13,032 pesos a Alejandro Moreno, líder nacional del PRI, y al morenista Antonio Attolini, por violar la veda electoral en los comicios de Hidalgo y Coahuila celebrados el 18 de octubre de 2020.

Además, en sesión pública no presencial, el pleno aprobó por unanimidad imponer una amonestación pública a ambos partidos políticos, por ser omisos en cuidar que sus militantes no violaran la veda.

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Durante la discusión del asunto, se informó que Moreno subió a su cuenta de Twitter un mensaje el mismo día de la elección, lo que a juicio de los magistrados "constituye una manifestación de victoria anticipada frente a otras opciones políticas".

Mientras tanto, en el caso de Attolini, actual candidato de Morena a una diputación federal por Torreón, el hoy abanderado escribió en su cuenta de Twitter un mensaje en la víspera de la contienda, en el que "solicitó el voto masivo para Morena y lo emitió en su calidad de militante de ese partido y como excandidato a la secretaría general del mismo, por lo que tenía una notoriedad pública".

Rechazan caso Rosario Robles

El pleno también resolvió un asunto promovido por la exsecretaria de Estado Rosario Robles Berlanga en contra de Morena, con motivo de la difusión del spot titulado "TUMOR". El spot fue emitido en televisión y las redes sociales del partido, y a decir de Robles, contenía expresiones que constituían violencia política de género, discriminación y calumnia en su contra.

Por mayoría de votos, la Sala Especializada rechazó el proyecto y ordenó la elaboración de un engrose, en el cual se determinó la inexistencia de las infracciones denunciadas. Al mismo tiempo, se exhortó al partido Morena a hacer uso adecuado del lenguaje y a no caer en expresiones que resulten sexistas.

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Del análisis integral del promocional, se advirtió que las manifestaciones realizadas corresponden a un mensaje genérico, crítico y de manifestación de ideas de un partido político hacia figuras políticas históricas y presentes.

Si bien se le consideró como una crítica severa y negativa, no se observaron denostaciones de género, discriminación o estereotipos que impactaran de manera diferenciada en la actora por el hecho de ser mujer. Finalmente, tampoco se encontraron imputaciones directas o de algún delito.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello anunció la emisión de un voto particular, al considerar que el asunto debía analizarse a través de una perspectiva de género. A juicio de la magistrada, en el caso se debía imponer una sanción al partido acusado y ordenar medidas reparadoras de la vulneración.

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