¿Qué dice la Constitución de Nuevo León?
El artículo 123 de la Constitución de Nuevo León establece que nunca se concederá licencia con carácter indefinida ni tampoco por un tiempo mayor de seis meses.
“Nunca se concederá al Gobernador licencia con el carácter de indefinida ni tampoco por un tiempo mayor de seis meses. Si concluida la licencia no se presentare el Gobernador, será llamado por el Congreso o Diputación Permanente; y si no compareciere dentro de diez días, cesará en su cargo, procediéndose como lo establece este artículo, en sus respectivos casos, salvo lo dispuesto en el artículo 121”, que a la letra dice:
Cuando el Congreso del Estado otorgue a el Gobernador licencia para ausentarse del Estado por treinta días naturales o menos, o el Gobernador se encontrase impedido por igual término o se ausente por igual término, quedará encargado del despacho de los asuntos de trámite el Secretario de despacho que designe el Gobernador.
A falta de designación expresa, el encargado del despacho de los asuntos del Poder Ejecutivo Estatal será aquella persona que funja como Secretario General de Gobierno, quien desempeñará el cargo hasta que reasuma sus funciones el Gobernador o, en su caso, que el Gobernador interino que se nombre rinda la protesta de ley.
En los casos en que el Secretario General de Gobierno quede encargado del despacho de los asuntos del Ejecutivo, el Secretario de despacho en materia de administración refrendará las órdenes de aquella.
¿Qué dice el Tribunal Electoral?
En su sesión de este miércoles 29 de noviembre, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de las Federación (TEPJF), ratificó que corresponde al Congreso local designar al gobernador interino.
Esta postura se dio luego de que el mandatario emecista consultó al consejo general del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre a quién le correspondía designar a su sucesor, tras la licencia que le otorgó el Congreso local para poder contender por la candidatura de su partido a la Presidencia de la República.
El INE determinó que esa decisión compete a los legisladores locales. Inconforme con la respuesta, García acudió a la Sala Superior que confirmó la determinación del consejo general, al considerar que el Instituto sí respondió de forma exhaustiva a su consulta.
¿Qué dice Samuel García?
Samuel García insiste en que su relevo en Nuevo León debe ser emanado del partido, Movimiento Ciudadano, según una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
“Ya lo dictaminó el Tribunal Electoral: la vieja política tiene que respetar el voto de los neoleonses”, dijo el mandatario en redes sociales en donde mostró copia de la Cédula de Notificación por Estrados del expediente SUP-JDC-536/2023 y acumulados.
Desde el martes 28 de noviembre “reasumió” sus funciones como gobernador de Nuevo León y reiteró que se quedaría en el cargo hasta este 1 de diciembre, cuando Javier Navarro, se quede como encargado de despacho de la Gubernatura neoleonesa.
García acusó a la oposición de generar la crisis que vive el estado y advirtió que no permitirá que priistas y panistas se apoderen del estado.
Insistió en que la “imposición” de Orozco Suárez como gobernador interino, por parte de 26 diputados del PRI y PAN, es ilegal y viola la ley y las suspensiones que ha otorgado ya el Poder Judicial que les impedían nombrar a un gobernador interino que estuviera fuera de la plataforma de MC.
"No vamos a permitir un gobernador interino espurio", advirtió.