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Tribunal Electoral valida a prima de AMLO como candidata indígena

Manuela Obrador fue postulada dentro de las candidaturas reservadas a indígenas, tras revisar su registro, la Sala Regional Xalapa consideró que sí cumple con la autoadscripción indígena.
dom 25 abril 2021 10:40 AM
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La prima del presidente ya fue diputada por el Distrito Electoral 01, por lo que busca la reelección.

Manuela del Carmen Obrador Narváez, prima del presidente Andrés Manuel López Obrador, podrá contender por la reelección a una diputación federal, por el Distrito 1 de Chiapas, con cabecera en Palenque, en la cuota reservada para las comunidades indígenas, confirmó la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En sesión pública, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, por una parte, el registro realizado por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) de la referida candidata propietaria a la diputación federal por el principio de mayoría relativa.

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Obrador Narváez es postulada por la Coalición “Juntos Hacemos Historia”, integrada por los partidos políticos Morena, del Trabajo (PT) y Verde Ecologista de México (PVEM).

El Distrito 1 de Chiapas, con cabecera en Palenque, se encuentra reservado para candidaturas de autoadscripción calificada indígena, sin embargo, la familia del Primer Mandatario tiene orígenes españoles.

El Pleno de la Sala determinó confirmar el registro de la candidata propietaria, “que del expediente presentado ante el INE y de las condiciones del presente caso, se advierten elementos que permiten concluir que la ciudadana cumple con la mencionada autoadscripción, al acreditarse un vínculo con la comunidad indígena”, refiere el comunicado.

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Para las elecciones en marcha, el INE emitió nuevos criterios al incrementar de 13 a 21 los distritos en los que los partidos políticos deberán postular candidaturas indígenas y, al menos 11 de ellas deberán ser ocupadas por mujeres, con la intención de fortalecer el mandato de paridad de género.

Con base en ello, las candidaturas indígenas mínimas a postular en cada circunscripción son: en la primera, una candidatura; en la segunda, una candidatura; en la tercera, cuatro candidaturas, dos por cada género; en la cuarta, dos candidaturas, una por cada género. Y en la quinta, una candidatura.

De las nueve fórmulas mínimas, no más de cinco corresponderán a un mismo género.

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