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Diputados del Frente se adelantan y aprueban "muerte civil" en Aguascalientes

Legisladores de PAN y PRD hicieron la misma propuesta de sanción a los corruptos que el candidato presidencial de Por México al Frente. A dos días de la elección, el Congreso la aprobó por unanimidad.
vie 29 junio 2018 10:35 AM
empresarios corrupcion
Castigo La norma plantea inhabilitar definitivamente a funcionarios y particulares que incurran en actos de corrupción. (Foto: iStock by Getty Images/Kritchanut)

El Congreso de Aguascalientes se le adelantó al candidato presidencial de la coalición Por México al Frente, Ricardo Anaya, y aprobó una de sus principales propuestas de campaña: la llamada “muerte civil” como sanción a quienes cometan actos de corrupción.

A dos días de la elección, los diputados locales avalaron reformas a la Constitución local, el Código Penal y la Ley de Responsabilidades Administrativas del estado, para establecer como pena la inhabilitación definitiva de personas, empresas y servidores públicos que sean condenados por corrupción, dependiendo de la gravedad de la falta.

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Las modificaciones fueron propuestas por los diputados Gustavo Báez y Guillermo Alaníz, que buscan reelegirse con el PAN, e Iván Sánchez, del PRD. Sus partidos constituyen mayoría simple en la Legislatura y contienden coaligados por cargos locales y federal. Su iniciativa fue aprobada por unanimidad (los 27 diputados).

Anaya, candidato de la coalición que integran PAN, PRD y MC, prometió en campaña que, de ganar la elección, instauraría la “ muerte civil” como pena contra los corruptos .

¿Qué es la muerte civil y cómo se aplicará Aguascalientes?

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Quienes reciban la “muerte civil” quedarán impedidos definitiva o permanentemente para:

  • Participar como proveedor en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
  • Ejercer un cargo público.

Podrán ser sancionados:

  • Personas físicas.
  • Personas morales (empresas).
  • Servidores públicos.

Aplicará “cuando se compruebe que delitos cometidos por servidores públicos se configuren dentro de un proceso de adquisición gubernamental, licitación pública o cualquier procedimiento de contratación dentro de la Administración Pública, se podrá determinar la imposición de la inhabilitación definitiva, para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas, ya sea a los servidores públicos o a los particulares que sean responsables en la comisión de los mismos”.

Junto a la inhabilitación definitiva, las personas, empresas y funcionarios corruptos pueden recibir penas de cárcel cuando el acto de corrupción constituya alguno de estos delitos :

  • Ejercicio indebido del servicio público (dos a seis años).
  • Coalición de servidores públicos (dos a cuatro años).
  • Concusión (uno a cuatro años).
  • Cohecho (seis meses a cinco años).
  • Peculado (uno a ocho años).
  • Tráfico de influencias (dos a seis años).
  • Encubrimiento (uno a seis años).

En el caso de las empresas, también se establecen sanciones como la suspensión de actividades, la intervención y hasta la disolución de la sociedad, cuando esté involucrada en faltas administrativas graves.

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