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Ordena INE a Samuel García apegarse a la equidad electoral

La Comisión decidió emitir una medida de tutela preventiva “considerando que no es la primera vez que en sus redes sociales realiza este tipo de publicaciones”.
lun 11 marzo 2024 12:49 PM
Samuel García
El INE le pide evitar publicaciones sobre el proceso al gobernador.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) emitió un recordatorio al gobernador de Nuevo León, Samuel García, para que su conducta se apegue a los límites constitucionales que le ordenan respetar los principios de legalidad y equidad, y no emitir mensajes a favor de algún partido.

Al resolver una queja promovida por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del partido Movimiento ciudadano (MC) y de García Sepúlveda en contra de una publicación en Instagram en la que el mandatario expresó la frase “tenemos nuevo candidatoooo” los consejeros de la Comisión determinaron que la historia publicada constituye un hecho consumado.

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En su querella, el PAN advirtió que el mandatario estatal realiza promoción a favor de Movimiento Ciudadano y de diversos aspirantes a cargos de elección popular postulados por su partido denunciado, utilizando de manera indebida su investidura como servidor público, por lo que la Comisión decidió emitir una medida de tutela preventiva.

“Considerando que no es la primera vez que en sus redes sociales realiza este tipo de publicaciones”, la Comisión de Quejas ordenó “realizar un recordatorio al gobernador para que ajuste su actuar a los límites y parámetros constitucionales”.

En sesión, la Comisión también resolvió una queja interpuesta por una consejera presidenta del Instituto Electoral de la Ciudad de México, Patricia Avendaño Durán, quien denunció presunta violencia política en razón de género (VPMRG) por la publicación de una columna en un medio de comunicación.

La Comisión ordenó al medio de comunicación que, en un plazo no mayor a 24 horas, a partir de la notificación correspondiente, retire la publicación denunciada pues podría constituir violencia política en razón de género de tipo simbólico y psicológico, porque utiliza expresiones sutiles que refuerzan estereotipos y roles de género que podrían transgredir el libre ejercicio de los derechos político-electorales de la quejosa, en las vertientes de ejercicio del cargo.

Se determinó que la publicación podría ser denigrante contra la afectada condiciona sus funciones actuales a sus relaciones personales.

Los consejeros desestimaron que el contenido denunciado pudiera constituir calumnia electoral, porque no se está en presencia de propaganda política o electoral en la que se expresen hechos o delitos falsos que impacten gravemente en el proceso electoral, ni que la denunciante tenga la calidad de precandidata o candidata.

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