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TEPJF deberá analizar posibles actos anticipados de campaña de las “corcholatas”

La Sala Superior determinó que la asamblea de Morena denominada “Unidad y Movilización” sí trascendió a la ciudadanía.
mié 12 julio 2023 06:21 PM
morenistas
Los aspirantes morenistas ya se encuentran recorriendo el país para intentar ganar la encuesta rumbo a 2024.

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Regional Especializada analizar la posible comisión de actos anticipados de campaña de las “corcholatas”, por su asistencia y participación en la asamblea informativa “Unidad y Movilización” realizada por Morena el 12 de junio de 2022 en el Estado de México.

Además, la Sala Regional Especializada deberá determinar si con ese evento realizado en la explanada del teatro Morelos, en Toluca, se vulneraron a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad de la contienda.

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Lo anterior, tras revocar la sentencia de dicha Sala que declaró inexistentes los actos anticipados de campaña y la vulneración al artículo 134 por parte de Claudia Sheinbaum; Marcelo Ebrard, Adán Augusto López y Mario Delgado.

De acuerdo con los magistrados de la Sala Superior, dicha asamblea “sí trascendió a la ciudadanía”.

En sesión presencial y por mayoría de votos, los magistrados pidieron a sus pares de la Especializada analizar si las anteriores personas funcionarias públicas violentaron alguna norma electoral.

El caso se originó a partir de la denuncia presentada por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en contra de las “corcholatas”, al considerar que el referido evento tuvo un impacto indebido en los procesos electorales de Coahuila y del Estado de México, así como de la elección presidencial de 2024.

La Sala Regional Especializada determinó que no se cometieron infracciones electorales, pues se trató de un evento interno de Morena, no trascendió a la ciudadanía y, ante la lejanía de los procesos electorales, la participación de los denunciados era insuficiente para considerar que se acreditaba alguna violación a la norma electoral.

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PRD impugna determinación de Sala Especializada

Inconforme con esa resolución, el PRD acudió a la Sala Superior.

El pleno determinó revocar la sentencia controvertida, para el efecto de que la Sala Regional Especializada emita otra determinación en la que analice nuevamente la posible comisión de actos anticipados de campaña.

Además, la posible vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, tomando en cuenta que el evento y los mensajes ahí pronunciados sí trascendieron a la ciudadanía.

Lo anterior, porque el evento se llevó a cabo en un espacio público, fue de invitación abierta y masivo; además, porque los mensajes tuvieron una mayor trascendencia a partir de su réplica en redes sociales por parte de los mismos participantes y asistentes al evento, así como por su cobertura periodística y por la asistencia de personas relevantes del partido.

Esto aunado a que la sala responsable ya había determinado anteriormente que el discurso denunciado contuvo equivalentes funcionales de llamado al voto, de cara a los procesos electorales que estaban próximos a iniciar.

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