Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

¿Qué es el Frente Amplio por México y quiénes lo integran?

Este jueves los tres partidos del Frente Amplio por México instalarán el Comité Organizador y el Observatorio Ciudadano como instancias que organizarán, y darán seguimiento a ese proceso interno.
mié 28 junio 2023 06:09 PM
integrantes del Frente Amplio por México
El Frente Amplio por México es un mecanismo auspiciado por PAN, PRI y PRD.

El Frente Amplio por México (FAM) es el organismo que sociedad civil y tres partidos políticos de oposición integraron para trabajar en pro de coincidencias políticas y sociales, inicialmente, pero que evolucionará a instrumento electoral en las elecciones presidenciales de 2024.

El FAM por ahora es una instancia informal que integran las dirigencias de los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Instituticonal (PRI) y de la Revolución Democrática (PRD) y que ha sumado a 250 organizaciones civiles, y que se espera registrar ante el Instituto Nacional Electoral (INE) para darle formalidad.

Publicidad

El lunes 26 de junio las dirigencias de las tres fuerzas políticas anunciaron la constitución del Frente, y su objetivo: unirse para trabajar rumbo a 2024 y para ello, iniciar un proceso interno para seleccionar a la persona “Responsable Nacional de organizar el Frente Amplio por México”.

Esa figura de “Responsable” en realidad será quien eventualmente, cuando llegue el tiempo de precampañas, en la tercera semana de noviembre de este año o de campañas, en enero próximo, será la persona que se registrar, con los emblemas de PAN, PRI y PRD, como precandidata o candidata presidencial en las elecciones presidenciales de 2024 y para competir con quien elija Morena y sus aliados como la persona que postulará a la presidencia.

De acuerdo a lo informado al presentarse como FAM, el “responsable” será electo en un procedimiento que combinará recolección de firmas de apoyo, encuestas, pasarelas, filtros y al final, para la toma de decisión, una elección primaria y una encuesta para determinar a la persona que encabezará al Frente en las elecciones presidenciales.

Este jueves 29 de junio el FAM, que encabezan Marko Cortés (PAN), Alejandro Moreno (PRI) y Jesús Zambrano (PRD), instalarán el Comité Organizador y el Observatorio Ciudadano como instancias que organizarán, y darán seguimiento a ese proceso interno.

El FAM está integrado también por 250 organizaciones civiles. Entre otras Congreso Ciudadano -que aglutinó a organismos como Frente Cívico, Redes Ciudadanas- Chalecos México y otras.

Base legal del Frente Amplio por México

Aunque la figura de “responsable” es, en última instancia, lo mismo que la de “coordinador de de los comités de defensa de la cuarta transformación”, mote con el que Morena y sus aliados –el Partido del Trabajo (PT) y Verde (PVEM)– elegirán el 6 de septiembre a la persona que, llegados los plazos legales registrarán en la postulación presidencial, el Frente marcó su distancia.

En su presentación pública ese Frente aseguró que, a diferencia de Morena, ellos sí se se apegan al marco legal, pues esa figura está en la Ley, y porque la ruta acordada es convertirse, posteriormente en frente electoral.

Publicidad

La Ley General de Partidos Políticos en su título noveno señala:

“De los frentes, las coaliciones y las fusiones”. Artículo 85, se establece que las fuerzas políticas “podrán constituir frentes, para alcanzar objetivos políticos y sociales compartidos de índole no electoral, mediante acciones y estrategias específicas y comunes”.

Además, los partidos políticos, para fines electorales, podrán formar coaliciones para postular los mismos candidatos en las elecciones federales, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en esta Ley.

También hay un capítulo especial “De los frentes” y en este se marca que para constituir un frente deberá celebrarse un convenio en el que se indique su duración; las motivaciones que le dan origen; los propósitos que persiguen, cómo ejercerán sus prerrogativas.

Además están obligados a firmar un convenio y solicitar su registro ante el Instituto Naciopnal Electoral (INE) . Este tendrá diez días hábiles a partir de la solicitud de registro para resolver si cumple los requisitos legales y en su caso dispondrá su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Publicidad

MGID Recomienda

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

Publicidad