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Tribunal: AMLO deberá abstenerse de emitir expresiones de índole electoral

El TEPJF solicitó a la Presidencia de la República remover las publicaciones de la mañanera del 15 de mayo, en las que el Ejecutivo federal realizó diversas expresiones con motivo electoral.
mar 30 mayo 2023 10:28 PM
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El presidente Andrés Manuel López Obrador informó que ya tiene el borrador de la carta, la cual confió tendrá respuesta del gobierno de Israel.

Ante la reiterada conducta del presidente Andrés Manuel López Obrador, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) le solicitó abstenerse de emitir expresiones y declaraciones de índole electoral de cara al proceso de 2024.

Además, ordenó a la presidencia de la República a remover las publicaciones de la conferencia mañanera del 15 de mayo, en las que el Ejecutivo federal realizó diversas expresiones en favor de su partido, previo a que inicie la contienda.

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Por unanimidad de votos, el pleno revocó el acuerdo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), mediante el cual negó las medidas cautelares solicitadas por el Partido Acción Nacional (PAN), respecto de diversas manifestaciones realizadas por el presidente López Obrador en la referida conferencia de prensa.

El blanquiazul denunció las expresiones del mandatario federal afectan la equidad de la contienda, al referirse “sobre el riesgo de votar por un bloque conservador”.

Además, sobre la lista que difundió de aquellas personas del flanco izquierdo que podrían contender por una precandidatura o una candidatura, por lo que solicitó la adopción de medidas cautelares sobre este mensaje y medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva para hechos futuros.

INE había negado medidas cautelares

En principio, la Comisión del INE negó las medidas cautelares al considerar que, preliminarmente, las manifestaciones denunciadas están amparadas por la libre expresión y constituyen una opinión respecto de posibles candidatos a la presidencia del país, lo cual no se relaciona con los procesos electorales actuales, de Coahuila y del Estado de México.

Asimismo, determinó que el proceso electoral federal no ha iniciado, por lo que no se advertía urgencia que justificara la procedencia de las medidas cautelares solicitadas.

Y en cuanto a la solicitud de la tutela preventiva para que el presidente de la República se abstuviese de realizar manifestaciones similares, la Comisión las rechazó al resaltar que no había certeza si volverían a ocurrir o no.

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TEPJF revoca decisión del INE

A propuesta del magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón, el Pleno revocó el acuerdo impugnado y declaró procedentes las medidas cautelares, al considerar que la autoridad no realizó un análisis exhaustivo y contextual.

Ello, dado que no advirtió que los dichos del presidente que fueron denunciados por el PAN sí estuvieron vinculados con llamamientos al voto y a no votar por determinadas fuerzas políticas, y esto podría influir en los procesos electorales locales que trascurren.

En tal sentido, se vinculó a la Presidencia de la República a realizar todas las acciones pertinentes para eliminar y/o modificar el contenido denunciado, y a abstenerse de presentar, difundir y publicar cualquier manifestación que vulnere el principio de imparcialidad y neutralidad.

Además, declaró procedente la medida cautelar, en su vertiente de tutela preventiva, en relación con el proceso electoral federal 2023-2024, al considerar que ante la conducta reiterada del titular del Ejecutivo Federal resulta necesario vincularlo a que se abstenga de emitir expresiones y declaraciones de índole electoral.

Los magistrados Mónica Soto Fregoso, Felipe Fuentes Barrera y José Luis Vargas Valdez, emitieron un voto concurrente.

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