Además, en contra de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral y el Acuerdo del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por el que se da inicio formal a la organización y aprobación de los trabajos de modificación de los instrumentos normativos y administrativos del instituto y se crea el Comité Técnico para la Implementación de dicha reforma.
Y es que a partir de la entrada en vigor del referido Decreto y el Acuerdo mencionados, diversas personas acudieron a la Sala Superior con el fin de cuestionar su constitucionalidad al considerar, de entre otros temas, que se vulneran sus derechos político-electorales, que son regresivos en materia de derechos fundamentales y que inciden en la autonomía del INE.
Ante ello, la Sala Superior dividió las 250 demandas en dos grupos. En el juicio electoral 27 del 2023 se analizaron, de forma acumulada, 241 demandas de personas que se identificaron como trabajadoras de algún órgano del INE.
Por su parte, en el asunto general 32 del 2023 se analizaron las demandas de nueve personas que se identificaron, en general, como parte de la ciudadanía.
En sesión pública presencial, el Pleno estableció que no puede estudiar el fondo de las problemáticas planteadas en las 250 demandas.