Y es que tras la entrada en vigor del Plan B de la reforma electoral, Jacobo Molina fue cesado de forma inmediata, por lo que presentó un recurso ante la Sala Superior del TEPJF, el cual fue turnado a la ponencia de la magistrada Otálora Malassis.
De acuerdo a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, Janine Otálora no acató el principio de imparcialidad previsto en dicho artículo constitucional, dado que no escuchó antes a todas las partes involucradas en el juicio.
Además, “sin que exista un proyecto de resolución sometido a consideración del Pleno de la Sala Superior, como lo indican los artículos 17 y 18 de la Ley General de los Medios de Impugnación en Materia Electoral”.
La dependencia también afirmó que Otálora Malassis violentó el Reglamento Interno del TEPJF, que en su artículo 146 refiere:
“El personal del Tribunal Electoral por ningún motivo podrá sustraer físicamente, por medios electrónicos o por cualquier otro medio, los expedientes de los medios de impugnación de las instalaciones del Tribunal Electoral, salvo que existiera causa justificada para ello, respetando en todo momento el deber de confidencialidad a que obliguen la ley o este Reglamento”.