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TEPJF: Concesionarias difundieron "mañanera" en periodo prohibido

El SPR, Radiodifusora IPN y Canal Once vulneraron el modelo de comunicación política y el principio de equidad de la contienda 2020-2021.
mié 12 octubre 2022 06:55 PM
AMLO Mañanera
El presidente López Obrador ha dicho que tal vez se realicen conferencias también los fines de semana.

Diversas emisoras transmitieron las conferencias de prensa del presidente Andrés Manuel López Obrador en periodo prohibido, confirmó el pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Por unanimidad de votos, determinó que se vulneró el modelo de comunicación política y el principio de imparcialidad, derivado de expresiones realizadas durante las referidas conferencias en el proceso electoral federal 2020-2021.

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Los partidos Acción Nacional (PAN) y de la Revolución Democrática (PRD) presentaron quejas en contra, entre otros, del Sistema Público de Radiodifusión Mexicana (SPR), debido a que durante la transmisión de la “mañanera” no se difundió la pauta conforme a lo ordenado por el Instituto Nacional Electoral (INE).

Ante ello, la Sala Regional Especializada determinó la existencia de la violación al modelo de comunicación política por parte de diversas emisoras, al acreditarse que transmitieron las conferencias de prensa en las que se difundió propaganda gubernamental en periodo prohibido y, al ser concesionarias públicas, existió uso indebido de recursos públicos, por lo que se impuso la multa correspondiente.

Inconformes con esta determinación, el SPR, Radiodifusora IPN y Canal Once presentaron diversos medios de impugnación y alegaron, principalmente, que la Sala Especializada omitió atender las directrices ordenadas por la Sala Superior, consistentes en analizar el contexto informativo de las transmisiones, conforme a sus objetos y fines, así como desvirtuar la presunción de licitud de la labor periodística.

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En el análisis de este asunto, los magistrados de la Sala Superior confirmaron en sesión pública presencial, la resolución emitida por la Sala Regional Especializada dado que sí tomó en consideración el contexto y los criterios establecidos para determinar que se actualizó la infracción.

Y dado que las concesionarias son instituciones que reciben presupuesto público para su funcionamiento, se confirmó que realizaron uso indebido de recursos públicos, además se ratificó que la sanción impuesta fue correcta al tratarse de una “grave” infracción.

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