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#Elecciones2022: Veda electoral inicia en 6 estados con comicios el 5 de junio

La veda también aplica para ciudadanos, observadores electorales, autoridades, servidores públicos, notarios, extranjeros, concesionarios de radio y televisión.
jue 02 junio 2022 09:58 AM
(Fotografía temática de elecciones en México)
En estos tres días hacia la jornada electoral del 5 de junio, se prevé que la ciudadanía tenga un periodo de reflexión para ejercer su voto.

A las 00:00 horas de este jueves inició la veda electoral para los candidatos y partidos políticos de los estados de Aguascalientes, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Quintana Roo y Tamaulipas, que tendrán elecciones el próximo domingo 5 de junio .

A partir de este jueves 2 de junio, los ciudadanos tendrán un tiempo de reflexión para decidir el sentido de su voto, tras los 60 días que hubo de campañas en la que los aspirantes a un cargo de elección popular pudieron dar a conocer sus propuestas y solicitar el voto ciudadano.

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¿Qué es la veda electoral?

De acuerdo al Instituto Nacional Electoral (INE), la veda electoral comprende los tres días previos a la jornada electoral, es decir, del 2 al 5 de junio, hasta el cierre de casillas.

De acuerdo con el artículo 251 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, “el día de la jornada electoral y durante los tres días anteriores no se permitirá la celebración ni la difusión de reuniones o actos públicos de campaña, de propaganda o de proselitismo electorales".

¿Qué actividades están prohibidas durante la veda?

  • Los actos de campaña y el proselitismo electoral
  • Todo tipo de propaganda electoral
  • Propaganda gubernamental, excepto aquellas que tengan que ver con servicios de salud, educativos y de protección civil
  • La difusión y publicación de los resultados de encuestas o sondeos de opinión sobre las preferencias electorales

Durante este periodo, la libertad de expresión y la libertad de prensa están garantizadas.

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¿Para quién aplica?

La veda electoral contempla no solo a partidos, agrupaciones políticas y a sus candidatos sino a los ciudadanos, observadores electorales, autoridades, servidores públicos, notarios, extranjeros, concesionarios de radio y televisión. Así como a ministros de culto y organizaciones sindicales y patronales.

Sanciones por infringir la veda electoral

El artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales establece las sanciones a las que se harán acreedores quien o quienes violen la veda electoral:

“Se impondrá prisión de dos a nueve años, al precandidato, candidato, funcionario partidista o a los organizadores de actos de campaña que aproveche fondos, bienes o servicios en los términos de la fracción III del artículo 11 de esta Ley".

La pena prevista en el párrafo anterior, “se aumentará hasta en una mitad más cuando la conducta se realice en apoyo de una precampaña o campaña electoral”.

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¿Qué pasa en el caso de las redes sociales?

Si bien, las leyes electorales no regulan las redes sociales, lo cierto que la veda también aplica en Facebook, Twitter e Instagram, entre otros.

Queda el antecedente de los llamados influencers, pues durante los comicios del 2021, influencers de Instagram subieron contenido a sus cuentas donde favorecían al Partido Verde Ecologista de México (PVEM).

Ante esta situación el Instituto Nacional Electoral solicitó a Instagram y Facebook que eliminará los contenidos. La sanción para el “Verde” fue de 40.9 millones de pesos y la cancelación de sus promocionales del partido en radio y televisión cuando no se celebre algún proceso electoral federal.

Inconforme con ello, el PVEM impugnó ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), cuya Sala Superior ratificó la sanción.

Además, la Sala Especializada del TEPJF determinó multar a 76 influencers que violaron la veda electoral con mensajes de apoyo al PVEM. La personalidad a la que se le aplicó la sanción más alta fue el actor Gabriel Soto, quien deberá pagar 133,437. 62 pesos, en tanto que el Partido Verde fue multado con 118.5 millones de pesos, equivalente a 25% de sus prerrogativas.

Durante las elecciones 2014-2015, el partido incurrió en la misma falta, por lo que la Sala Superior estimó que existía sistematicidad y reiteración en la violación al principio constitucional de la equidad de la contienda.

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