La Guardia Nacional, a un paso de nacer; la aprueban 17 congresos estatales

Ahora el Congreso de la Unión podrá declarar su constitucionalidad y el presidente Andrés Manuel López Obrador estará en condiciones de promulgarla.
Mayoría en Congresos. La rápida aprobación de la Guardia Nacional en las legislaturas de las entidades federativas, responde a los consensos logrados en el Congreso de la Unión.

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- El dictamen para crear la Guardia Nacional ya fue aprobado por 17 congresos estatales, por lo cual el Congreso de la Unión podrá declarar su constitucionalidad y el presidente Andrés Manuel López Obrador estará en condiciones de promulgarla.

Los congresos locales que han avalado la reforma, hasta este miércoles, son: Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Colima, Durango, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Nuevo León, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala y Zacatecas.

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Los grupos parlamentarios de Morena en el Congreso de la Unión celebraron la aprobación en la mayoría de los congresos estatales.

"Me complace informar que ya son 17 los congresos locales que han aprobado las reformas constitucionales para crear la Guardia Nacional”, dijo el presidente del Senado, el morenista Martí Batres.

Por su parte, el coordinador de los diputados de Morena, Mario Delgado, también aplaudió la medida. “Se aprueba en la mayoría de los Congresos locales la #GuardiaNacional. Vamos a regresar la paz y la tranquilidad al país”, escribió en su cuenta de Twitter.

El avance de la Guardia Nacional en las legislaturas de las entidades federativas responde a los consensos logrados en el Congreso de la Unión, principalmente en el Senado de la República.

Para terminar el proceso legislativo, el Congreso de la Unión deberá emitir la declaratoria de constitucionalidad y, cumplida esta formalidad, la reforma estará lista para ser promulgada por el presidente y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

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Según los artículos transitorios de la reforma, el decreto correspondiente entrará en vigor al día siguiente de que salga en el DOF.

Una vez que el decreto entre en vigor, iniciará un plazo de 60 días para que las cámaras del Congreso hagan la Ley de la Guardia Nacional y reformen las normas que sea necesario. Este será un plazo clave para que se defina cuándo se espera que esta nueva corporación quede conformada y en qué circunstancias.

Además, las cámaras tendrán 90 días para hacer las leyes nacionales sobre el Uso de la Fuerza y del Registro Nacional de Detenciones.