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Corte invalida facultad de Jefatura de Gobierno sobre establecimientos en CDMX

La Ley de Establecimientos Mercantiles de CDMX le quitaba atribuciones a las alcaldías, consideraron la mayoría de los ministros de la Suprema Corte.
lun 31 marzo 2025 08:18 PM
Sesión SCJN
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) anuló la facultad de la jefa de Gobierno, Clara Brugada, para autorizar establecimientos mercantiles en caso de emergencias, ante recursos de inconstitucionalidad presentados por las alcaldías Benito Juárez, Coyoacán y Miguel Hidalgo, todas gobernadas por alcaldes emanados de partidos de oposición.

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Con la resolución de las y los ministros por mayoría de votos se deja sin validez la fracción XIII bis del Artículo 4 de la Ley de Establecimientos Mercantiles de la Ciudad de México.

“Corresponde a la Jefatura de Gobierno (...) Implementar las medidas que se consideren necesarias para atender emergencias, casos fortuitos o de fuerza mayor, respecto a la apertura y funcionamiento de los establecimientos mercantiles y, en su caso, ampliar la vigencia de los avisos o permisos”, indica la sección de la ley que fue declarada inconstitucional.

Las tres alcaldías de oposición impugnaron esta parte de la ley por considerar que se vulnera la independencia de las alcaldías prevista en el Artículo 122 de la Constitución federal.

La mayoría de las y los ministros consideraron que se reducía las atribuciones de las alcaldías, al limitar su facultad para otorgar permisos, licencias y autorizaciones de funcionamiento de establecimientos mercantiles en caso de emergencia o caso fortuito, la cual es exclusiva de las alcaldías de acuerdo con la Constitución de la propia Ciudad de México.

“Si bien el Congreso local argumentó que su objetivo con dichas modificaciones era reactivar la economía a través de acciones de mejora regulatoria, con base en la facultad de la Jefatura de Gobierno para decidir en situaciones de emergencia, ello no resultó suficiente para justificar una reducción en el ámbito de atribuciones constitucionales de las alcaldías.

“Los efectos de la invalidez decretada se actualizarán a partir de la notificación al Congreso de la Ciudad de México de los puntos resolutivos”, indicó la Suprema Corte a través de un comunicado.

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