Áreas Naturales Protegidas en la CDMX
De acuerdo con la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), existen 17 ANP en la CDMX divididas por su competencia y clasificación.
Estos son los términos empleados para las ANP según sus características:
ZSCE: Zona Sujeta a Conservación Ecológica
ZPF: Zona Protectora Forestal
P.N.: Parque Nacional
P.U.: Parque Urbano
Hay 8 ANP de competencia local:
- ZSCE Ejidos de Xochimilco y San Gregorio Atlapulco
- ZSCE Tercera Sección del Bosque de Chapultepec I
- ZSCE Tercera Sección del Bosque de Chapultepec II
- ZSCE Parque Ecológico de la Ciudad de México
- ZSCE Bosques de Las Lomas
- ZSCE Sierra de Guadalupe
- ZSCE Sierra de Santa Catarina
- PU Bosque de Tlalpan
Y 9 de competencia federal:
- PN Cerro de la Estrella
- PN Cumbres del Ajusco
- PN Desierto de los Leones
- PN El Tepeyac
- PN Fuentes Brotantes de Tlalpan
- PN Histórico Coyoacán
- PN Insurgente Miguel Hidalgo y Costilla
- PN Lomas de Padierna
- ZPF Los Bosques de la Cañada de Contreras
En total, son 8 mil 366.15 hectáreas de superficie, y la mayoría es de suelo de conservación.
¿Cuál es la pena por invadir un área natural protegida en la CDMX?
Según el Código Penal de la capital clasifica este tipo de actos como Delitos contra el Ambiente. El artículo 343 estipula que se le impondrá de tres a nueve años de prisión y de 1,000 a 5,000 días de multa a quien realice la ocupación o invasión de un área natural protegida, un área de valor ambiental de competencia de la Ciudad de México, o un suelo en conservación, una barranca o un área verde en suelo urbano.
Las penas previstas en el artículo aumentarán en una mitad cuando la ocupación o invasión sea realizada con violencia.
Lo mismo establece si alguien realiza el cambio del uso de suelo.