¿Cómo contamina el aceite?
Las grasas y el aceite vegetal y animal en los drenajes, en mezcla con detergentes y jabones, provoca la formación de “piedras o bloques de grasa” que obstruyen las tuberías y colectores. Esto forma parte del problema de las inundaciones y colabora al caldo de cultivo de gérmenes que produce malos olores en el sistema de drenaje de la Ciudad de México.
Para solucionarlo, puede tener un costo que va de los 4 mil 400 a 12 mil pesos en el tratamiento de desazolve del alcantarillado, de acuerdo con un proyecto de decreto para reformar y adicionar a la Ley de Residuos Sólidos del Distrito Federal y a la Ley Orgánica de Alcaldías . El mismo documento declara que el alcance de contaminación del aceite puede ser de 40 mil litros de agua, la cantidad promedio para el abastecimiento anual de una persona.
¿Cómo debe desecharse el aceite?
En 2018, la Gaceta Oficial de la Ciudad de México publicó la Norma Ambiental para el Distrito Federal NADF-012-AMBT-2015 en la que establece las condiciones y especificaciones técnicas para el manejo de estos residuos en la capital.
De acuerdo con la norma, debe almacenarse en contenedores con tapa, ser etiquetados y separados según su tipo, para facilitar su recolección. Esto aplica para los aceites de cocina, los lubricantes o desmoldantes. Deben permanecer en un lugar seguro, alejado de la luz solar o cualquier fuente de calor.
La norma establece que los generadores de desecho pueden solicitar a los prestadores del servicio de recolección contenedores. Esto puede servir especialmente para quienes producen mucho, como en cocinas o restaurantes. Para ello deben realizar un proceso de solicitud y obtener la Licencia Única para el Distrito Federal.
En caso de hogares, Sedema indica la manera correcta y segura para separar y resguardar el aceite vegetal usado es:
- Deja enfriar el aceite antes de separarlo.
- Filtrar a través de una coladera y/o trapo limpio para retirar los restos de alimentos.
- Emplear un embudo para trasvasar el aceite a su contenedor, llenar hasta el 95% de su capacidad
- Cerrar herméticamente y rotular con la leyenda “Aceite Vegetal Usado”
Por su parte, la Autoridad del Centro Histórico, SACMEX, Sedema y Sedeco comparten las siguientes recomendaciones:
- Envasa el aceite usado después de cocinar. Utiliza siempre botellas de PET libres de tóxicos.
- Acumula de forma temporal.
- Deposita las botellas en contenedores autorizados.
Anteriormente, Sedema ha realizado proyectos de separación de aceite usado como “Mi cocina no contamina”, en conjunto con la Central de Abasto. La intención era contribuir al aprovechamiento de este residuo en jabón, biodiésel y bioaditivo.
Hay centros de acopio en varias alcaldías.
Cuauhtémoc, en las Unidades Habitacionales:
- Libertad No. 134, colonia Morelos • República de Chile No. 49, colonia Centro
- San Camilito No. 25, colonia Centro
- Fray Servando No. 142, colonia Tránsito
- Roldán No. 127, La Merced Centro
- Mesones No. 138, colonia Centro
- 5 de Febrero No. 47, colonia Centro
En la alcaldía Miguel Hidalgo en Plutarco Elías Calles “El Chorrito”, que se ubica en Gobernador Melchor Múzquiz s/n entre Gobernador Ignacio Esteva y Parque Lira, colonia San Miguel Chapultepec.
También en la alcaldía Iztapalapa en el Centro Distribuidor de Pescados y Mariscos "La Nueva Viga", que se localiza en Eje 6 No. 560, colonia Aculco y en la Planta de Bioaditivo de la Central de Abasto en avenida Canal de Río Churubusco s/n, colonia Central de Abasto, en los sectores de abarrotes y víveres, así como de frutas y legumbres.
¿Qué castigos hay si se desecha de forma indebida?
Según las instituciones citadas anteriormente, los particulares a quienes se encuentren arrojando aceite serán acreedores a una infracción por atentar contra el entorno urbano de la Ciudad.
El Artículo 31 de la Ley de Cultura Cívica establece las diferentes clasificaciones de las sanciones, corresponde a una infracción de tipo C, que sanciona con una multa equivalente a 21 a 30 Unidades de Medida (UMA), o arresto de 25 a 36 horas, o trabajo comunitario de 12 a 18 horas. En el caso de restaurantes o establecimientos mercantiles, pueden ser sancionados por la Secretaría de Medio Ambiente.
El Código Penal para el Distrito Federal, en su Artículo 346, menciona que se le impondrá de 2 a 6 años de prisión y de mil a cinco mil días multa a quien:
- Descargue, deposite o infiltre aguas residuales, residuos sólidos o industriales no peligrosos, líquidos químicos o bioquímicos;
- Descargue, deposite o infiltre residuos sólidos, líquidos o industriales de manejo especial, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicables en el Distrito Federal;
Además, menciona que a quien resulte con una o más de las conductas descritas, se le impondrá la consecuencia jurídica consistente en la prohibición para realizar negocios u operaciones por cinco años, una multa de hasta quinientos días.