Licencias para conducir en CDMX
La licencia de conducir es un documento que concede la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México (Semovi) a una persona física que lo autoriza para conducir un vehículo motorizado.
Para conductores de vehículos particulares, existen cuatro tipos de licencias:
Licencia A para vehículos particulares (por 3 años) - $1,049 por expedición, reposición y renovación.
Licencia A1 para motociclistas (por 3 años) - $525 por expedición, reposición y renovación.
Licencia A Permanente - $1,500 por expedición
Licencia A2 para vehículos particulares y motocicletas - $1,049 por expedición, reposición y renovación.
Para tramitar una licencia, es necesario contar con original y copia de una identificación oficial vigente con fotografía, comprobante de domicilio de la Ciudad de México o del Estado de México, y la línea de captura pagada, según corresponda.
Antes de ir a las oficinas de Semovi, agenda tu cita, a la que deberás acudir en tiempo y forma, con la documentación requerida.
Puedes encontrar los módulos de atención en https://www.semovi.cdmx.gob.mx/tramites-y-servicios/vehiculos-particulares/modulos-de-control-vehicular-y-licencias
¿Por qué motivos pueden quitarme la licencia para conducir en CDMX?
Según la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, establece que las licencias o permisos para conducir se pueden extinguir por:
Suspensión o cancelación;
Expiración del plazo por el que fue otorgada; y
Disposiciones jurídicas y administrativas aplicables.
La Semovi puede cancelar de manera definitiva las licencias o permisos para conducir por las siguientes causas:
- Ser sancionado por segunda ocasión en un año, por conducir un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol y/o narcóticos;
- Ser sancionado por tercera ocasión en un periodo de tres años por conducir un vehículo motorizado bajo los efectos del alcohol y/o narcóticos;
- Cuando el titular cometa alguna infracción a la Ley o sus reglamentos bajo la influencia de de estupefacientes, psicotrópicos u otras sustancias tóxicas;
- Cuando se sancione en dos ocasiones con la suspensión del permiso o licencia para conducir;
- Cuando se compruebe que la información proporcionada para la licencia es falsa, o alguno de ellos sea usado o alterado. En cuyo caso se dará vista a la autoridad competente;
- Cuando la autoridad jurisdiccional o ministerial define en definitiva que el hecho de tránsito fue causado por negligencia, impericia, falta de cuidado o irresponsabilidad del titular y éste tenga como consecuencia de la pérdida de la vida o cause lesiones que pongan en peligro a la seguridad o la vida de los usuarios y/o terceros;
Por otra parte, el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México, en su Artículo 66, determina que la licencia para conducir se puede cancelar al acumular doce puntos de penalización, basadas en boletas de sanciones expedidas por la Secretaría de Seguridad Ciudadana. Los puntos de penalización se acumulan de acuerdo a lo indicado en las sanciones.
Cabe destacar que una boleta puede ser anulada, y en ese momento hará que los puntos se descontarán. Sin embargo, la acumulación de puntos no eximirá al titular de la licencia de cumplir con la sanción económica que corresponda a la infracción cometida.