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¿Adiós a las chelerías en CDMX? Martí Batres propone multas y hasta arrestos

Martí Batres mandó una iniciativa sobre las chelerías en la Ciudad de México, en la que propone multas y hasta 36 horas de arresto a quienes vendan alcohol en las calles.
jue 19 septiembre 2024 05:24 PM
chelerias-cdmx
En Micheladas La Diabla se vendieron cervezas y tragos con vodka, tequila y ron sin contratiempos, pese a que el Gobierno de la CDMX estableció su prohibición a partir del 20 de octubre.

A través de reformas y adiciones al Código Penal y a la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, el jefe de gobierno, Martí Batres, plantea imponer sanciones y clasificar como “Infracciones contra la Seguridad” la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública, en sitios conocidos como “chelerías”

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La iniciativa, que ya fue recibida por el Congreso de la Ciudad de México, sugiere infracciones económicas, arrestos o incluso que las personas involucradas en la venta de bebidas alcohólicas, en sitios no autorizados y que no cuenten con la licencia correspondiente, lleven a cabo horas de trabajo comunitario.

En ese mismo paquete de iniciativas del mandatario capitalino, también se plantea imponer mayores sanciones a aquellos establecimientos y domicilios particulares que rompan los sellos de clausura o suspensión de actividades.

¿En qué consiste la iniciativa de Martí Batres?

El documento enviado por el ejecutivo capitalino propone la adición de una fracción VBIS al artículo 28 del Código Civil de la Ciudad de México para quedar de la siguiente manera:

“Artículo 28.- Son infracciones contra la seguridad ciudadana:

V BlS. Vender bebidas alcohólicas en la vía pública a excepción de aquellos casos ubicados dentro de ferias, romerías o festividades, que cuenten con autorización de las instancias administrativas competentes.” se lee en el documento.

Las chelerías son sitios en la vía pública, tianguis, banquetas y exteriores de domicilios particulares que no cuentan con licencia para la venta de bebidas alcohólicas preparadas. Estos sitios además generan conflictos con vecinos, riñas en la vía pública y situaciones de inseguridad, reportan las autoridades.

“El consumo desmedido de alcohol en lugares sin regulación se ha visto asociado a un incremento en los accidentes de tránsito, tanto de vehículos como de peatones, particularmente en zonas urbanas con alta concentración de personas y vehículos” explica la iniciativa.

Entre los argumentos que sustentan la propuesta del gobierno de la Ciudad de México para combatir las chelerías esta que, a través de estos negocios, se ha incentivado el consumo de alcohol entre jóvenes y menores de edad, ya que no existe un filtro para una transacción de compra-venta.

Señala que las chelerías fomenta la generación de mercados negros y redes de contrabando dedicadas a la venta de alcohol no supervisado y comúnmente adulterado, lo cual implica un riesgo a la salud de los consumidores.

“Asimismo, la venta de bebidas embriagantes sin control alguno puede generar problemas de salud pública relacionados con el alcoholismo, intoxicaciones y problemas de violencia intrafamiliar o interpersonal”, se lee en el documento

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Multas y arresto por chelerías en vía pública en CDMX

De acuerdo con lo estipulado en la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México, las infracciones por la venta de bebidas alcohólicas en la vía pública se clasifican en el grupo C.

Esto implica una multa económica que oscila entre los 2,279 y 3,275 pesos, equivalente a 21 a 30 Unidades de Medida y Actualización (UMA).

Además, la sanción puede incluir arresto de 25 a 36 horas en el Centro de Sanciones Administrativas o ante un juez cívico, o bien la realización de trabajo comunitario de 12 a 18 horas.

Más sanciones contra rompimiento de sellos

Otra reforma planteada por el jefe de gobierno, Martí Batres, tiene que ver con la violación a los sellos de clausura que las autoridades capitalinas ponen a los establecimientos como chelerías, cocheras, jardines o algunos otros lugares en los que se venden bebidas alcohólicas.

La propuesta es una adición al artículo 286 del Código Penal para el Distrito Federal en materia de quebrantamiento de sellos.

“ARTíCULO 286. Al que, valiéndose de cualquier medio, quebrante la salvaguarda de los objetos, espacios o inmuebles asegurados por orden de autoridad competente”, se lee en el documento

Asimismo se establece una multa de seis a 12 años de prisión.

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