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Reforma de topes a incrementos de rentas entra en vigor en la CDMX

La reforma establece el límite para el alza de rentas en la CDMX; también se destaca que el Gobierno debe crear vivienda pública en renta y establecer un registro de contratos de arrendamiento.
mié 28 agosto 2024 04:53 PM
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Martí Batres, jefe de Gobierno, anunció la publicación de las reformas sobre vivienda en renta en la CDMX.

La reforma para limitar el incremento a las rentas de viviendas en la Ciudad de México entra en vigor este 29 de agosto, tras su publicación en la Gaceta Oficial.

Con ello solo se podrá incrementar el precio de la renta de un departamento, casa u otro tipo de vivienda en el porcentaje equivalente a la inflación del año anterior; antes se permitía que el aumento fuese hasta de un 10% cada año.

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El jefe de Gobierno, Martí Batres, celebró la publicación de la reforma que presentó en el Congreso capitalino y sostuvo que será continuada por la próxima mandataria, Clara Brugada, quien tomará protesta al frente del Gobierno de la ciudad el 5 de octubre.

“Las políticas que hoy se anuncian se seguirán llevando a cabo en la próxima administración, están en el programa del próximo gobierno y además nos va a ayudar que funcionarios que actualmente tienen responsabilidades en materia de vivienda, en el próximo gobierno van a estar muy presentes”, dijo en el evento oficial desde el Antiguo Palacio del Ayuntamiento.

Batres afirmó que existe una sobreoferta de vivienda dirigida a la clase media y alta, pero desde el sector privado prácticamente no hay oferta para los trabajadores y personas de clases populares, quienes enfrentan el mayor déficit de vivienda, por lo que esta reforma es un paso para dar respuesta al problema.

¿Cuáles son los cambios con la reforma a rentas en CDMX?

Código Civil para el Distrito Federal

  • El incremento de la renta nunca será mayor a la inflación reportada por el Banco de México en el año anterior, respecto de la cantidad pactada como renta mensual.
  • Se creará un registro digital de contratos de arrendamiento, de autorización inmediata, a cargo del Gobierno de la Ciudad de México. El arrendador deberá registrar el contrato en máximo 30 días después de celebrado.
  • Este registro no será público y los datos personales serán resguardados de acuerdo con la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Rendición de Cuentas de la CDMX, así como la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados de la CDMX.
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Ley de Vivienda para la Ciudad de México

  • Se integrará el Sistema de Información de Vivienda de la Ciudad de México.
  • Se dispondrá de las sanciones aplicables a las personas que no cumplan con lo establecido en esta Ley y las normas reglamentarias aplicables.
  • Se garantizará la producción pública de vivienda en arrendamiento asequible para las personas de menores ingresos por parte del Gobierno de la Ciudad de México; esto se hará a través del Instituto de Vivienda.
  • Se buscará que un mayor número de personas tengan acceso a una vivienda, con preferencia a la población en situación de pobreza, trabajadores, madres solteras y personas jóvenes entre 18 y 35 años.
  • El Gobierno deberá elaborar el Programa Institucional de Vivienda de interés social y popular en términos de lo establecido por la Ley de Planeación del Desarrollo local contenga por lo menos: Programa de Vivienda en Conjunto, Programa de Mejoramiento de Vivienda, Programa de Vivienda en Arrendamiento Asequible para las personas de menores ingresos, Rescate de Cartera Hipotecaria, Programa de Vivienda en Riesgo, Programa Comunitario de Producción y Gestión Social del Hábitat, y Vivienda en Uso.
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