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Impondrán multas de 1.5 mdp a empresas que no retiren espectaculares en la CDMX

El titular de la Seduvi afirmó que existe el compromiso de seis empresas para retirar 228 espectaculares considerados irregulares en las azoteas capitalinas.
jue 25 mayo 2023 01:57 PM
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En la Ciudad de México es común observar espacios publicitarios en azoteas. | La imagen corresponde al 28 de marzo de 2019.

El secretario de Desarrollo Urbano y de Vivienda de la Ciudad de México (Seduvi), Carlos Alberto Ulloa Pérez, informó que las empresas que no cumplan con el retiro de espectaculares tendrán una multa de 1.5 millones de pesos a partir del 6 de junio próximo que es la fecha límite.

“De acuerdo a la Ley de Publicidad Exterior, estos espectaculares están prohibidos por lo que se va a platicar con estas empresas para que antes de 6 de junio se retiren. Se tienen contabilizados 1,200 anuncios de espectaculares de azotea y hasta el momento se han retirado 745”, detalló en conferencia de prensa.

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El funcionario capitalino explicó que las multas establecidas en la ley establecen entre 12,000 a 15,000 UMAS la sanción, lo que equivale a 1.5 mdp por espectacular no retirado.

Además, las empresas son las encargadas de hacer el retiro de los espectaculares de azotea, lo que hasta el momento suma 111 millones de pesos en total, y que esto no representa un gasto al erario de la CDMX.

El titular de la Seduvi también se refirió al retiro de 100 espectaculares unipolares y que son irregulares, por lo que se comenzará a hablar con las empresas para establecer una fecha y que comiencen su retiro, además de que es más costoso, pues se utilizan grúas y el costo es de aproximadamente 200,000 pesos.

Asimismo, la jefa de Gobierno de la CDMX afirmó que al principio no habrá prórroga para las empresas que no acaten esta disposición, además de que sería injusto para las que sí están cumpliendo.

“Desde el sismo del 2017 quedó establecido que eran ilegales, pero del 2017 al 2018 no se retiró ninguno. Nosotros llegamos para hacer una ley en publicidad en donde era obligatorio el retiro”, explicó.

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¿Qué dice la Ley de Publicidad Exterior?

La colocación de mobiliario urbano con publicidad integrada debe cumplir estrictamente con los siguientes requisitos :

a) No obstruir el tránsito peatonal ni la accesibilidad universal del espacio público.

b) No afectar la seguridad del tránsito vehicular.

c) No emplazarse sobre Áreas de Valor Ambiental y no implicar la tala o poda de árboles o follaje para su instalación o visibilidad.

d) No generar saturación física ni visual, y

e) Cumplir con lo previsto en esta Ley y su Reglamento.

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