¿En qué casos aplica la ampliación de 15 días para la verificación?
La ampliación del tiempo aplica para los dueños de vehículos que no pasaron la verificación y acudieron durante la última semana del periodo que les correspondía, en los siguientes casos:
Fueron rechazados en la prueba de verificación
- Sólo se darán los 15 días de ampliación al período a unidades que fueron rechazadas en la última semana de éste.
Pagaron multas de tránsito, pero al momento de verificar no se ha registrado en el sistema de la Secretaría de Finanzas de la CDMX
Se otorgarán los 15 días de ampliación al período a unidades que pagaron sus adeudos de infracciones en cualquier momento de su período, pero el sistema de consulta de adeudos de la ADIP sigue indicando la existencia de estos, durante la última semana del período de verificación, siempre y cuando el ciudadano acuda a verificar en la última semana de su período.
Tienen adeudos en sanciones de fotocívicas, como cursos en línea, presenciales o trabajo comunitario
Se otorgarán 15 días de ampliación al período a vehículos automotores que en la última semana de su período presenten adeudos por sanciones cívicas ya sean cursos en línea, presenciales o trabajo comunitario.
Ampliación del calendario de verificación
La Sedema detalló que la ampliación para cada periodo se sujeta al siguiente calendario