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La ley de trabajo no asalariado en la CDMX está en puerta: estas son sus claves

El Congreso capitalino tiene listo un dictamen que contempla delimitar zonas para vendedores ambulantes, darles identificaciones y que puedan acceder a seguridad social y créditos.
mar 10 marzo 2020 05:15 AM
Vendedores ambulantes
La ley contempla que quienes ofrezcan productos o servicios en la vía pública deban portar una identificación que los acredite como trabajadores no asalariados.

El Congreso capitalino tiene listo el dictamen con la ley que buscará regular a los trabajadores no asalariados de la Ciudad de México, como los vendedores ambulantes, los franeleros y los vendedores de artesanías.

El documento fue elaborado a partir de dos iniciativas ciudadanas: la primera fue presentada por la lideresa de comerciantes informales en la alcaldía de Cuauhtémoc, Diana Sánchez Barrios; la segunda, por la diputada federal del PES y también representante de vendedores, María de Jesús Rosete Sánchez.

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Se esperaba que el dictamen fuera votado el 26 de febrero, pero una protesta de Sánchez Barrios y la falta de quorum en el Legislativo frenaron el proceso. Sin embargo, se prevé que el tema sea retomado por los legisladores este martes o en fecha próxima.

¿En qué consiste el proyecto?

Esta ley busca “regular los derechos de las personas trabajadoras no asalariadas, prestadoras de servicios por cuenta propia, productoras de bienes, artesanías, y de las comerciantes en el espacio público y locatarias de los mercados públicos”, según se plantea en el artículo 2 de la propuesta.

Para ello, prevé establecer zonas especiales de comercio y cultura popular, determinar procesos de regularización, y dar seguridad jurídica y sanitaria a los locatarios de mercados públicos.

La legislación plantea otorgar derechos a los trabajadores no asalariados, entre los que se incluye:

  • Reconocer su derecho al trabajo.
  • Ser inscritos en el padrón a cargo de las autoridades.
  • Contar con una identificación formal.
  • La posibilidad de incorporación gradual en la seguridad social.
  • Recibir atención médica gratuita en clínicas y hospitales que establezca la Secretaría de Salud local.
  • Acceder a programas de créditos del Instituto de Vivienda capitalino (Invi).

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Al mismo tiempo, contempla que estas personas deban asumir responsabilidades y respetar límites como:

  • Contar con una autorización, la cual sería personal e intransferible y acorde al giro y espacio de trabajo.
  • No alterar el orden público y la tranquilidad de las personas, así como respetar los horarios establecidos.
  • No usar enseres o mobiliarios que pongan en riesgo la seguridad o impidan la movilidad.
  • Conservar limpio y en buen estado el espacio autorizado.
  • Portar la identificación o gafete que se expida junto con la autorización, y cumplir con el pago indicado por el permiso.
  • No vender o consumir bebidas alcohólicas o drogas en el lugar donde se comercia o se presta un servicio.
  • Tener prohibida la venta de explosivos o sustancias inflamables, cohetes o juegos pirotécnicos.
  • No vender o usar animales vivos.
  • Abstenerse de vender o rentar los derechos de uso del espacio asignado.

¿Zonas de comercio?

Los trabajadores no asalariados deberían laborar solamente en los espacios públicos autorizados por el Gobierno de la Ciudad de México o por las alcaldías.

También podrían hacerlo en espacios privados abiertos al público (como estacionamientos, jardines o establecimientos), cuando contaran con autorización escrita del dueño o encargado.

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En contraste, estaría prohibido expedir autorizaciones en vías primarias, prados, camellones, autobuses, estaciones del Metro, Metrobús, Cablebús y cualquier otro transporte público.

Asimismo, deberían quedar libres los accesos a espectáculos, las entradas a los estacionamientos, y las áreas de acceso y tránsito de hospitales, clínicas, escuelas, estaciones de bomberos, zonas remodeladas y espacios públicos recuperados.

¿Quién daría el permiso?

Las alcaldías estarían a cargo de otorgar las autorizaciones a comerciantes en vía pública, así como a productores de bienes y de artesanías.

Para prestadores de servicios como lavacoches, boleros o franeleros, por ejemplo, la responsable sería la Secretaría de Trabajo y Fomento al Empleo de la CDMX. También se encargaría de quienes realicen actividades similares y no existan normas especiales que las regulen.

Mientras tanto, la Secretaría de Gobierno capitalina emitiría opinión sobre las autorizaciones en el Centro Histórico y supervisaría las emitidas por las demás autoridades.

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