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¿Usas monopatín? Estas son las nuevas reglas de operación en la CDMX

Los Sistemas de transporte individual sustentable (SiTIS) podrán operar de 05:00 a 00:30 horas, de lunes a domingo, durante todo el año.
mar 26 marzo 2019 04:18 PM
monopatines CDMX
Nuevas reglas. La Gaceta Oficial publica los lineamientos para la operación de monopatines y bicicletas sin anclaje.

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico).- La Secretaría de Movilidad del gobierno capitalino publicó este martes los lineamientos para regular la operación de bicicletas, monopatines, patinetas o ruedas eléctricas sin anclaje en la Ciudad de México.

Los lineamientos serán revisados y actualizados con la frecuencia que se requiera para fomentar el buen funcionamiento de estos nuevos sistemas de transporte, según se lee en la Gaceta Oficial de la ciudad.

Si eres de las personas que usan estos medios de transporte para moverse por la capital, esto es lo que debes de tomar en cuenta.

¿Dónde podrán operar?

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Cada operador de estos servicios podrá tener hasta 1,483 bicicletas y 856 monopatines que circularán por una zona definida, integrada por calles y avenidas en las zonas de: Chapultepec, Polanco, Roma, Condesa, Del Valle y del Centro capitalino.

¿Cuál será su horario?

Los Sistemas de transporte individual sustentable (SiTIS) podrán operar de 05:00 a 00:30 horas, de lunes a domingo, durante todo el año.

¿Cómo serán las tarifas?

  • No se permitirá el cobro de viajes menores a tres minutos, si el usuario reportó una falla en la unidad.
  • Está prohibido el uso de tarifas dinámicas.
  • Las unidades solo podrán ser contratadas con tarifas fácilmente comprensibles y claramente comunicadas a los usuarios previo a su uso.

¿Cuáles son las reglas para los operadores?

Deberán contar con un sistema informático que les permita saber la ubicación de todas sus unidades de servicio en tiempo real y ofrecer una flota de vehículos de operación adecuada para la cantidad y tipo de unidades con las que opere.

Tendrán ocho horas para reubicar las unidades de servicio estacionadas fuera del área de operación, siempre que no cuenten con un reporte de robo.

Deberán ofrecer una póliza de seguro que proteja a los usuarios por:

  • Muerte accidental, sin deducible.
  • Pérdidas orgánicas: reembolso gastos médicos, sin deducible.
  • Reembolso gastos funerarios, sin deducible.
  • Responsabilidad civil por daños a personas y daños materiales.

Mensualmente deberán proporcionar un reporte mensual de operación a la Secretaría, con análisis cuantitativo y cualitativo, sobre los usuarios, viajes generales y temporalidad, flota, hechos de tránsito, quejas, denuncias y robos.

¿Cómo deben ser las unidades?

  • Deben contar con las capacidades mecánicas para su funcionamiento, con servicio con asistencia eléctrica para alcanzar los 25 kilómetros por hora.
  • Tener instalado un dispositivo para su geolocalización (GPS) para permitir su uso, recuperación y reparación, así como para la recolección de datos e investigación de incidentes de forma anónima.
  • En el caso de las unidades que prescindan de anclaje, deberán contar con función de candado, mientras que las bicicletas mecánicas y eléctricas, adicionalmente, deberán ofrecer pedales con reflejante ámbar en la parte delantera y trasera, frenos manuales y canastilla.

¿Dónde se pueden estacionar?

Los monopatines sí podrán estacionarse en aceras cuando no haya un punto de arribo dedicado a bicicletas y monopatines en un radio de 140 metros y sólo cuando la banqueta tenga un ancho mínimo de 2.80 metros.

También podrán ser estacionadas en la franja de mobiliario urbano y arbolado garantizando el paso peatonal, con un mínimo de un 1.60 metros respecto al paramento de fachada, y en caso de estar en arroyo vehicular, podrá contar con protección con bolardos.

Esta prohibido estacionarse en:

  • Las franjas peatonales, de fachada y acceso peatonal a predios.
  • Cruces y rampas peatonales.
  • Acceso a estaciones de transporte público masivo y semimasivo.
  • Paradas de transporte público colectivo.
  • Emergencia e hidrantes.
  • Zonas de concentración o delimitadas por protocolos de protección civil.
  • Carriles de circulación vehicular.
  • Estacionamientos para personas con discapacidad y áreas de carga y descarga
  • Rampas de acceso vehicular a predios.
  • Infraestructura para la movilidad y mobiliario urbano, como cicloestaciones
  • Cajones del programa de ordenamiento del estacionamiento en la vía pública, incluyendo sitios para motocicleta y de servicios especiales.

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