En estas líneas, semanas atrás, deje claro que la lucha de magistrados y jueces era, y es, lucha de todos, ya que la reforma que combaten no sólo involucra salarios, prestaciones y remuneraciones a las que ellos tienen derecho, sino que, de por medio, también está el que los mexicanos cuenten con un Poder Judicial independiente, neutral y objetivo.
Denegada justicia
A mucha gente ya hoy queda claro que la grotesca ambición que, en mayor o menor medida, está en todo aquel que busca colocarse en un puesto burocrático por la vía electoral, en el que se obtienen jugosas retribuciones con independencia de la eficacia en el desempeño o de los resultados que se obtengan, está peleada, esencial e ineludiblemente, con los atributos propios de la función jurisdiccional, ya que los peculiares sujetos que padecen tal ambición buscan, desesperadamente, el respaldo, apoyo, y hasta subvenciones, de quienes consideran pueden influir en el resultado, comprometiendo con ello su objetividad, sino es que hasta vendiendo su lealtad.
Nada más sujeto a las miserias de esa baja pasión llamada política, que lo que se deposita en una urna, esto es, lo que depende de las maleables actas de cómputo que viven en la orfandad en cuanto se cierran las casillas. Si alguien estima que señalo y objeto la confiabilidad de simples ciudadanos que, con una embarrada de capacitación electoral, y sin la protección permanente del Estado, participan ingenuamente en un proceso tan amañado y sucio como el que se plasma en las leyes comiciales mexicanas, está en lo cierto.
Los mañosos, en el mejor de los casos, les dan 20 vueltas con las actas de escrutinio, para finalmente remitir las llenadas a conciencia en la guarida de algún cártel, o, en los peores, los obligan a catafixiar la real por la copeteada, teniendo a buen recaudo a los responsables de custodiar las urnas, para el remoto caso de que, tras un alambicado y largo proceso, se resuelva revisar algunas de ellas. Todos hemos visto denuncias de boletas “extraviadas” antes de la contienda, dado que las medidas de seguridad son tan primitivas, que quedan al alcance de la poderosa cartera de los criminales. Las salvaguardas del ridículo proceso se encuentran tan expuestas, que sólo es cuestión de “a cómo”, para torcerlas, o aplicar el ya bien conocido acta o plomo.
Ese es el origen del abultado número de diputados y senadores. Se pensó en el siglo XIX que sería muy difícil, costoso o azaroso, el vulnerar cientos de puestos, pero, con el tiempo y un trapito, la técnica corruptora hoy permite trazarse la meta de obtener una mayoría calificada, y obtenerla, casi casi, por nota. Siendo un poder que actúa tumultuariamente, los requisitos para obtener una posición como diputado o senador son pocos, y son verdaderamente inocuos. No se precisa saber leer, ni escribir, ni haber cursado estudios superiores, mucho menos, el ser perito o experto en materia alguna. Sólo se precisa una capacidad ilimitada para hablar, gritar, insultar, denostar, acusar y criticar, claro, aparte del poder apretar un botón a remo sincronizado.
Pues es el caso que tan pintorescos personajes nos dejaron sin una estructura que se formó a lo largo de décadas, en las que ya habíamos pagado, como nación, la curva de aprendizaje, y se había formado un perfectible, pero razonablemente bueno, servicio judicial de carrera. Teníamos ya un aparato formado por personas que dedicaron no años, sino décadas, y hasta toda una vida, a administrar justicia.
Lee más
Lo que ha pasado en las últimas semanas sería digno del show del payaso de las cachetadas o de los maromeros de los pastelazos, si no fuera uno de los eventos más dramáticamente destructores del pacto fundacional que se haya presenciado en el orbe. Como, lamentablemente, es frecuente, destacamos en lo malo. Más allá de haber hecho un portentoso ridículo internacional, es claro que amanecimos en un entorno político igual al de Cuba, Venezuela, Nicaragua o Rusia. La única diferencia es el que saqueo aquí recién comienza, pero el final será el mismo. En los países que ahora adoptamos como patrón, el absolutismo genera una pequeña y cerrada oligarquía que se funde con la alta burocracia. El modelo elegido es ruta directa para ahondar y perpetuar la mala distribución de la riqueza.
Se acabó el escrutinio constitucional, lo que diga el cuerpo legislativo, que ha demostrado ser más que malo en hacer leyes, será verdad legal incontrovertible. En tan sólo ocho semanas, podemos afirmar con certeza, que esas carpas de quinta, a las que llaman Cámaras, no representan al pueblo, sino a los ambiciosos líderes del partido en el poder, el cual se aferra febrilmente al mismo.
Pero detengámonos a analizar lo que ha pasado en materia de jurisdiccional en México. Simple y llanamente, se vedó el acceso eficaz a la justicia, anulándose, además, la tutela efectiva, en tanto que se tornaron inejecutables las sentencias dictadas. Ante la cómplice y elusiva ceguera de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, aquí, primero se hicieron inexigibles los derechos previstos en los artículos 8, 10 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que prevén el compromiso internacional de brindar acceso al servicio judicial, y con ello, dotar a los justiciables de un mecanismo sencillo, pero eficaz, que permita deducir los derechos consagrados en ley, incluidos los oponibles a la autoridad. Esto ocurrió sin que ello mereciera comentario, observación o condena del insulso, inútil y estéril mecanismo protector de los derechos convencionales.
Ante la inaceptable connivencia de la OEA, y demás costosos organismos creados para evitar que pase lo que acá ha sucedido, ahora, los impresentables legisladores, han decidido subordinar los acuerdos y convenios internacionales a las patéticas ocurrencias que voten, siendo esto último ya una burla, dado que una vez que la iniciativa es cursada por Morena, lo que ella ordene es ley, sí, aunque tarde en plasmarse en el Diario Oficial de la Federación. El teatral evento de votación se lleva al cabo considerando que la única misión en la vida de varios cientos de legisladores es apretar un botón. Aunque, si no lo presionan, o no asisten, lo mismo cobran, les llena de orgullo el haber sido valiosos a la señora presidenta.
En un estado de derecho, el estado generalizado de denegación de justicia tendría consecuencias, sin embargo, a los mexicanos se les ha negado no sólo el poder ejercer derechos fundamentales básicos, sino también en exigir, en justicia, reparación por responsabilidad patrimonial del estado con relación a daños irrogados a consecuencia de la demora, la inacción o la insuficiente o deficiente prestación de un servicio esencial, quedando esta prerrogativa sólo al alcance de extranjeros, afectados o lesionados por la inexistencia de un aparato judicial en permanente operación.
El órgano que claramente falló y traicionó su función constitucional es el Consejo de la Judicatura Federal, al haber dejado al garete los medios de impugnación; el alcance a las medidas cautelares, incluyendo, por supuesto, y de manera destacada, la suspensión del acto reclamado, así como el haber omitido deberes sustantivos de disciplina, que no de castigo, que debieron ejercer con respecto de las personas juzgadoras, en provecho y beneficio de ese pueblo, al que se dice representar, mientras se le roban prerrogativas que éste había alcanzado, a sangre y fuego, hace más de 200 años.
Reiterando que una cara de la moneda fue la férrea defensa de lo que nos conformaba como un estado de derecho, la otra, innegablemente, presenta una suspensión parcial de garantías individuales, dado que, por un tiempo, y en una vasta extensión territorial, diversos derechos fundamentales, particularmente, los de debido proceso, quedaron en suspenso, o viéndolo en forma menos rígida, tratados como de respeto acotado o de tutela restringida, es decir, quedaron confiados al discrecional saber y entender de cada persona juzgadora.
Esto es, el Consejo de la Judicatura Federal, durante semanas, se abstuvo de emitir normas y disposiciones que hicieran efectivos principios consagrados en la Constitución, dejando al arbitrio de cada juzgador la prestación pronta, completa y expedita de las fases, etapas y derechos de procedimiento, ello, bajo la críptica y equivoca noción de “urgencia”, la cual, se abandonó a la libre interpretación del obligado. Tal noción determinó cuándo se tramitaba, o no, lo pedido ante los tribunales, provocando todo tipo de incertidumbres, abusos, lesiones jurídicas e indefensión, por las cuales, tarde o temprano habrá que responder.
Es relevante destacar que tal directiva no debió aplicarse con un solo rasero, sin mirar a las materias, ni al objeto de lo pedido, ya que el paro tendría inevitablemente variadas consecuencias. La ‘expeditez’ y la oportunidad no pueden ser valoradas de la misma manera en las materias civil o mercantil, donde un breve retraso puede ser no gravemente lesivo, a diferencia de las materias familiar, penal, laboral o agraria, en las que la pronta intervención puede hacer diferencia sustantiva, para evitar afectaciones trascendentes o irreparables.
Se podría pensar que sería difícil normar o regular tal distinción, pero ello no es así. Basta preguntarse si el efecto de no tramitar o no acordar, produce el efecto de una suspensión de la garantía involucrada, o sólo demora en aspectos, temas y asuntos cuya entidad o eficacia no precisan de la inmediata intervención judicial, para preservar la situación de quien busca evitar una afectación en su persona o patrimonio, sí, el mantener la tutela de la esfera jurídica individual preexistente.
Resulta ahora imprescindible recordar que, en el evangelio según San López, se admite que tribunales extranjeros valoren, analicen y decidan con respecto a la diligencia, rectitud y/o licitud en el actuar de funcionarios mexicanos, cuando su acción u omisión trascienda o tenga efectos en el extranjero, como sucedió en el caso García Luna.
Al tenor de dicho criterio, sustentado inequívocamente por el estado mexicano, los tribunales del exterior podrán analizar y valorar la conducta de los servidores públicos, incluidos los jurisdiccionales, en la medida que en un asunto concreto se afecten intereses, inversiones o los derechos fundamentales de los ciudadanos provenientes de otra nación. Habrá ocasiones que ello determine una reclamación al estado mexicano, por deficiente o insuficiente acción de sus órganos de autoridad, y otros, que sólo involucrarán la responsabilidad criminal del sujeto agente, sin extenderse a la hacienda pública, como sucedió en el caso apuntado.
____
Nota del editor: Gabriel Reyes es exprocurador fiscal de la Federación. Fue prosecretario de la Junta de Gobierno de Banxico y de la Comisión de Cambios, y miembro de las juntas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Las opiniones publicadas en esta columna corresponden exclusivamente al autor.
Consulta más información sobre este y otros temas en el canal Opinión