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6 claves de la iniciativa de Beltrones para regular los gobiernos de coalición

El exdirigente del PRI propone que esta opción para conformar el gabinete presidencial cuente con un plan de trabajo y una agenda legislativa que permita el cumplimiento de sus objetivos en el poder.
lun 10 julio 2017 06:19 PM
De vuelta al escenario
De vuelta al escenario Beltrones entregó el viernes pasado a la Comisión de Asuntos Legislativos del PRI su propuesta de reglamentación para los gobiernos de coalición. (Foto: Foto tomada de beltrones.com)

Mientras que líderes de partidos y diputados de oposición discuten cómo dar viabilidad al gobierno federal, al prever que el ganador de la elección de 2018 tendrá un nivel de apoyo cercano a apenas un tercio del Congreso, el exdirigente nacional del PRI, Manlio Fabio Beltrones, llama a retomar la idea de los gobiernos de coalición.

El exlíder partidista —quien la semana pasada abrió la posibilidad de contender por la Presidencia—, presentó una iniciativa ante la Comisión de Asuntos Legislativos del tricolor, en la que detalla su propuesta con plazos y procedimientos para la puesta en marcha de este tipo de alianzas, que contemplan la participación de otros partidos en la integración del gobierno, con el aval del Senado.

“El gobierno de coalición abre la posibilidad de que varios partidos políticos y sus respectivos grupos parlamentarios sean corresponsables en la operación y decisiones cotidianas del gobierno, no solo a través de su respaldo legislativo, sino también con la participación de sus militantes como titulares de secretarías de despacho que forman parte del gabinete presidencial”, dice la exposición de motivos de la iniciativa que presentó al partido el pasado 6 de julio.

Esta opción para la conformación del Ejecutivo, que ya está establecida en la Constitución como parte de la reforma electoral de 2014, deja abierta la posibilidad de que el presidente que entrará en funciones el 1 de diciembre de 2018 pueda optar por ella, coaligado con uno o varios de los partidos representados en el Congreso. No obstante, sigue pendiente la legislación secundaria que regule a dicha modalidad.

A menos de un año de que se lleve a cabo la elección presidencial, y ante los llamados que han hecho partidos de oposición para conformar un bloque para vencer vencer al PRI en los comicios de 2018, la iniciativa busca que más allá de asegurar el triunfo en las urnas, los partidos puedan impulsar dicha figura y con ello garantizar la eficacia en el ejercicio de gobierno.

Con dicho proyecto se busca que el Ejecutivo, su partido y quienes lo acompañen tengan la obligación de definir de manera conjunta un convenio, un programa de gobierno y una agenda legislativa común, temas que actualmente están ausentes en las conformación de alianzas electorales, las cuales se consideran únicamente como una vía para llegar al poder y no para lograr consensos en materia de gobierno.

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A continuación te presentamos los puntos clave de la iniciativa:

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1. Facultad presidencial

El programa y el convenio para la formación del gobierno de coalición serán de facultad exclusiva del presidente, quien deberá presentar ambos proyectos ante la Cámara de Senadores, ya sea que lo decida al inicio de su mandato o en cualquier otro momento. Además del jefe del Ejecutivo, los documentos deberán estar suscritos por dirigentes de los partidos y los coordinadores de los grupos parlamentarios.

2. Conformación de mayoría

Uno de los requisitos que el documento señala como fundamental para la conformación de un gobierno de coalición es que los grupos parlamentarios que suscriban el acuerdo representen al menos la mitad más uno del total de integrantes de las cámaras del Congreso de la Unión.

3. El reparto

El documento establece que, a diferencia de lo que ocurre actualmente donde el gabinete está conformado en su mayoría por integrantes del partido, en un gobierno de coalición las distintas fuerzas podrán contar con representación, para lo que se requerirá de un convenio que incluirá información sobre las secretarías de despacho que ocupará cada instituto político, así como los nombres de los titulares y el expediente de cada uno de ellos. Dichos nombramientos deberán ser ratificados por el Senado.

En dicho convenio además se incluirán los partidos y grupos parlamentarios que lo suscriben, nombres de los diputados y senadores que lo respaldan, el periodo de vigencia y las causas de conclusión anticipada.

En el caso de la eventual renuncia o remoción de alguno de los secretarios, la iniciativa establece que será libre, pero que el reemplazo estará sujeta a la ratificación del Senado, con excepción de los titulares de la Defensa Nacional y la Marina.

Por otro lado, si el inicio del gobierno de coalición se da en el curso del mandato, los titulares de despacho —emanados del partido en el poder— podrán seguir en el encargo hasta que el Senado dé su aval a los secretarios propuestos bajo la modalidad de coalición.

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4. Objetivos definidos

La propuesta establece como uno de sus elementos principales la elaboración del programa con el cual el gobierno de coalición pretenderá trabajar y que deberá contar con propósitos específicos, metas cuantificables, indicadores de evaluación y plazos para su ejecución. Éstos, propone, deberán ser incluidos en el Plan Nacional de Desarrollo y sus planes derivados.

Asimismo, establece que en dicho programa deberán incluirse además las acciones legislativas necesarias para lograr los objetivos planteados por el gobierno de coalición.

5. La disolución

En la propuesta se establecen dos causales para la disolución anticipada de esta forma de gobierno: la primera, que estará especificada en el convenio inicial por acuerdo del presidente y quienes conforman la coalición, y otra que será a petición expresa del presidente, sin mayor requisito que la notificación inmediata de la Cámara de Senadores.

6. Los plazos

Una vez que el presidente notifique a la Cámara de Senadores el convenio y programa de gobierno de coalición —ya sea al inicio o en el curso de la gestión—, los documentos deberán ser remitidos a la Junta de Coordinación Política, misma que deberá formular el dictamen en un plazo no mayor a cinco días hábiles a partir de la recepción de la propuesta.

Dicho dictamen será enviado a la Mesa Directiva para su discusión y votación en el Pleno en el orden siguiente: votación del convenio, protesta de los secretarios de despacho, debate del dictamen del programa de gobierno con presencia de los secretarios, y ratificación de los secretarios.

Si después de los cinco días, en el Senado no se ratifica a los secretarios, el presidente procederá a tomarles protesta.

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