Obligaciones de las escuelas
Previo a firmar cualquier contrato o realizar un pago de inscripción, los padres de familia tienen derecho a recibir información completa sobre la institución educativa.
De acuerdo con Profeco , las escuelas deben informar por escrito si cuentan con incorporación a la Secretaría de Educación Pública (SEP), ya que es la encargada de otorgar validez oficial a los estudios que imparten.
La SEP tiene el Sistema de Información y Gestión Educativa ( SIGED ), una plataforma en la que es posible consultar si un plantel tiene Registro de Validez Oficial de Estudios (RVOE). Para hacerlo, solo se tiene que ingresar el nombre de la institución, el número de RVOE o la entidad federativa donde opera.
Entre las obligaciones de los colegios particulares se encuentran las siguientes:
-Dar a conocer los costos totales del servicio educativo, incluyendo inscripción, reinscripción, colegiaturas, exámenes extraordinarios, cursos de regularización, credenciales, transporte escolar, alimentación y cualquier otro cargo adicional.
-Entregar el reglamento escolar y explicar claramente las condiciones de pago, descuentos por pronto pago y posibles recargos por pago tardío.
La Procuraduría recomienda comparar varias instituciones antes de tomar una decisión y revisar con calma los contratos. Aunque las escuelas privadas no están obligadas a registrar sus contratos de adhesión ante la Profeco, los usuarios pueden solicitar asesoría si consideran que existen cláusulas abusivas o condiciones poco claras.
La dependencia también aconseja conservar recibos, contratos, estados de cuenta y cualquier documento relacionado con los pagos realizados, ya que estos pueden servir como evidencia en caso de alguna inconformidad.