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¿Cuántos días de vacaciones seguidos puedo tomar al año?

Conoce los detalles sobre la duración de tus vacaciones, cuándo puedes tomarlas y qué hacer en caso de que tu empleador no respete el esquema.
mar 09 julio 2024 01:13 PM
¿Cuántos días de vacaciones puedo tomar seguidos al año, según la LFT?
¿Cuántos días de vacaciones seguidos puedo tomar al año?

La Ley Federal del Trabajo establece los derechos y las obligaciones tanto para trabajadores como para empleadores en México. Dentro de estos derechos, las vacaciones son un aspecto fundamental.

Si estas planeando unas vacaciones largas te decimos hasta cuántos días seguidos puedes tomar.

Lee: SCJN avala nueva reforma de vacaciones en México

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¿Cuántos días de vacaciones seguidos puedo tomar?

El artículo 78 de la Ley Federal del Trabajo establece que un trabajador tiene derecho a disfrutar de al menos doce días de vacaciones continuos. Este periodo puede ser distribuido de la manera y en el tiempo que el trabajador lo requiera​​.

¿En qué momento puedo tomar vacaciones?

Los periodos vacacionales se acuerdan entre el trabajador y el empleador, considerando las necesidades del servicio y el derecho generado por el trabajador para tomar vacaciones​​.

¿Con cuánto tiempo de anticipación debo pedir vacaciones?

El tiempo de anticipación para solicitar vacaciones depende de las políticas, el calendario, el contrato de trabajo y/o el reglamento de la empresa. Es indispensable pactar los días de vacaciones con el empleador y concederlos dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios​​.

¿Qué sucede si mis vacaciones caen en día feriado?

Si el periodo vacacional pactado incluye un día de descanso obligatorio, este no se computará como parte de los días de vacaciones​​.

¿Y si mi jefe no me deja salir de vacaciones, qué puedo hacer?

En caso de conflictos relacionados con el derecho a vacaciones, se puede acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría gratuita y personalizada. Puedes contactarlos por los siguientes medios:

  • Teléfonos: 800 7172 942 o 800 9117 877
  • Teléfono: 55 5998 2000, Extensiones: 44740 y 44741

Horario de atención: de lunes a viernes, de 8:30 a 15:00 horas. También puedes enviarles un correo a orientacionprofedet@stps.gob.mx o visitar www.gob.mx/profedet .

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