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¿Cuáles son los castigos en México por mal uso de símbolos patrios?

La sanciones en México para quien cometa algún acto en contra símbolos patrios se encuentran en el Código Penal Federal.
vie 15 septiembre 2023 04:00 PM
Mal uso de los símbolos patrios
El mal uso de los símbolos patrios tiene repercusiones.

Puede que cantar mal el Himno Nacional o modificar la bandera te resulten actos banales, pero nada más fuera de lo real. El mal uso de los símbolos patrios puede tener repercusiones penales, y aquí te contaremos cuáles son las sanciones.

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¿Qué pasa si te equivocas al cantar el himno nacional?

La Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno, en su artículo 39, dice lo siguiente:

"Queda estrictamente prohibido alterar la letra o música del Himno Nacional y ejecutarlo total o parcialmente con composiciones o arreglos. Asimismo, se prohíbe cantar o ejecutar el Himno Nacional con fines de lucro", se lee en el texto .

La normativa también establece que cualquiera que dañe o altere los símbolos patrios puede ser acreedor de una multa equivalente a uno a doscientos salarios mínimos, o hasta un arresto por 36 horas.

El artículo 56 Quintus detalla que a los infractores de la presente Ley, se les podrá imponer una o varias de las sanciones siguientes:

I. Amonestación con apercibimiento.

II. Multa de hasta 10,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización al momento de cometerse la infracción. (en 2023, el valor de la UMA es de 103.74 pesos).

III. Multa adicional a la prevista en la fracción anterior de hasta 10,000 veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, por cada día que persista la infracción. (en este caso, la multa sería de 1,037,400 pesos).

IV. Arresto hasta por 36 horas.

V. Las demás que establezcan otras disposiciones jurídicas aplicables.

¿Qué dice la Ley?

La sanciones en México para quien cometa algún acto en contra símbolos patrios, se encuentran en el Código Penal Federal.

El artículo 191 de dicho código apunta que al que ultraje el escudo de la República o el pabellón nacional o de otra potencia extranjera, se la aplicará de seis meses a cuatro años de prisión o multa de 50,000 pesos o ambas sanciones, a juicio de juez.

En tanto, el artículo 192 señala que al que haga uso indebido del escudo, insignia o himno nacionales, o de cualquier otra potencia extranjera, se le aplicará de tres días a un año de prisión y multa de 25,000 pesos.

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