Publicidad

Síguenos en nuestras redes sociales:

Publicidad

El TEPJF ordena sancionar a funcionario del IMSS por cartas que promueven a AMLO

La sala especializada señaló que, al incluir el nombre del presidente, las cartas sobre los apoyos del instituto realizan una promoción indebida. Por ello, ordenó sancionar al titular de Difusión.
vie 10 julio 2020 09:30 PM
AMLO
Los magistrados consideraron que la distribución de las cartas no fue responsabilidad ni de López Obrador ni del director del IMSS, Zoé Robledo, sino solo del titular de Difusión del instituto.

La Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó sancionar al titular de Difusión del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), tras concluir que las cartas que mandó distribuir con el nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador constituyen una promoción personalizada a partir del uso indebido de recursos públicos.

Por mayoría, el pleno de la sala determinó que no había justificación para incluir el nombre del mandatario en esas cartas, relativas al programa de apoyos del IMSS. Dichas misivas pueden descargarse en el portal web de la institución.

Publicidad

Los magistrados concluyeron que la inclusión del nombre del jefe del Ejecutivo “provocó una falsa idea que permitía asociar la entrega de los recursos con la figura presidencial, más que con la dependencia que realizaría dicha actividad”.

Por esa razón, advirtieron que se cometió un uso indebido de recursos públicos, pues se promovió al presidente López Obrador, cuando la Constitución prohíbe que cualquier funcionario aproveche su cargo para promoverse.

Sin embargo, los magistrados consideraron que este hecho no es responsabilidad del mandatario ni del director del IMSS, Zoé Robledo, sino del titular de Difusión, pues la distribución de las cartas se dio únicamente bajo sus órdenes.

“Se determinó la responsabilidad del coordinador de Difusión del IMSS, al haber sido el encargado del diseño, elaboración y aprobación de las cartas. Dada la naturaleza de la coordinación (cargo de mando con autonomía de gestión, decisión y ejecución de sus actividades), no se fincó responsabilidad a alguna otra área o superior jerárquico”, informó la sala en un comunicado.

Publicidad

“Por las faltas, la Sala Especializada da vista al titular de (la) Unidad de Comunicación Social del IMSS para que imponga la sanción correspondiente”, añadió.

A juicio de los magistrados, la distribución de estas cartas, además de representar un uso indebido de recursos públicos, vulnera los principios de equidad e imparcialidad que deben prevalecer en Coahuila e Hidalgo, las únicas dos entidades con comicios locales este año. No obstante, los magistrados consideraron que no hay un impacto en el proceso electoral federal 2020-2021.

En su sesión, la sala también resolvió que la difusión en redes sociales del programa en cuestión no implica una promoción personalizada del presidente de la República.

Publicidad

MGID Recomienda

Newsletter

Los hechos que a la sociedad mexicana nos interesan.

Publicidad

Publicidad