El Senado ya tiene propuesta para despenalizar la marihuana

Se podrá portar hasta 28 gramos, fumar en espacios permitidos y portar hasta 200 gramos se sancionará sólo con multas.
El consumo de marihuana con fines medicinales se ha ido abriendo paso en la legislación mexicana. En contraste, el consumo con fines lúdicos todavía encara resistencias y causa polémica.

Portar hasta 200 gramos de marihuana pasará de ser sancionado con una pena de 10 a 25 años a sólo una multa y trabajo comunitario, de acuerdo con la reforma que se prepara en el Senado.

El proyecto incluye la creación de la Ley General para la Regulación y Control de Cannabis, así como reformar la Ley General de Salud y el Código Penal Federal, según han dado a conocer medios de comunicación.

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¿Qué implica la regulación de la marihuana en México?

Según lo publicado, las Comisiones de Justicia, Salud, Estudios Legislativos y la de Seguridad Pública elaboraron el proyecto de dictamen para regular en uso de la marihuana en el país que contempla:

Ley para la Regulación y Control de Cannabis

  • Se crea el Instituto Mexicano del Cannabis.
  • Permite el cultivo, distribución y consumo de marihuana.
  • Además del uso médico se incluye el uso lúdico, de investigación e industrial de la cannabis.
  • Se permite la creación de asociaciones de consumo y licencias de venta.

Ley General de Salud

  • La Secretaría de Salud estará a cargo de normar el uso de la marihuana.
  • La marihuana deberá estar destinada para consumo personal e inmediato mientras no exceda de los 28 gramos, en cualquier presentación o producto; el límite actual es de 5 gramos.

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Código Penal

  • Baja de 5 a 10 años la pena por el tráfico de marihuana; actualmente va de 10 a 25 años.
  • Sólo se sancionará penalmente cuando se posea más de 200 gramos; entre 28 y 200 gramos se aplicará una multa de 60 a 120 Unidades de Medida y Actualización, trabajo comunitario o arresto hasta por 36 horas.

Los límites

  • Prohíbe el uso para menores de 18 años.
  • No se podrá fumar marihuana cuando se encuentren menores de edad o cualquier persona mayor de edad que no otorgue consentimiento.
  • No se podrá comercializar productos que excedan los niveles autorizados de cannabis, ni los que sean mezclados con alcohol, nicotina, tabaco o cafeína.

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