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SCJN resuelve que niña con leucemia debe ser tratada, pese a oposición de padres

La Primera Sala concluyó que, si bien los padres tienen derecho a decidir sobre la salud de sus hijos y a que se respeten sus creencias, ese derecho termina cuando pone en riesgo la vida del menor.
mié 15 agosto 2018 07:52 PM
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El tema se discutió en la Primera Sala, donde los ministros votaron una propuesta del ministro Arturo Zaldívar.

CIUDAD DE MÉXICO (ADNPolítico) - La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el Estado puede ordenar que se realicen transfusiones sanguíneas a una niña de seis años que padece leucemia, pese a que sus padres se oponen por sus creencias religiosas.

La resolución fue emitida este miércoles por la Primera Sala de la SCJN, que discutió y revocó un amparo otorgado a la madre de la menor, de origen rarámuri y quien es testigo de Jehová.

Los ministros tuvieron una votación dividida de cuatro votos contra uno (de José Ramón Cossío), respecto de la propuesta de Arturo Zaldívar.

¿Cuál es el caso?

En junio de 2017, una niña que tenía cinco años y que padece leucemia linfoblástica aguda ingresó de urgencia a un hospital en Chihuahua, donde los médicos indicaron que requiere transfusiones de sangre. Sin embargo, los padres se opusieron alegando su derecho a la libertad religiosa, pues los testigos de Jehová se oponen a los tratamientos médicos de ese tipo.

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¿Quién intervino por la salud de la menor?

La Subprocuraduría de Protección Auxiliar de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito Judicial Morelos, en Chihuahua, que asumió la tutela de la niña para autorizar el tratamiento luego de escuchar a padres y médicos.

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¿Cómo procedieron los padres?

María Ignacia Chávez, madre de la menor, se presentó ante la justicia para reclamar que había sido desplazada de la tutela de manera injustificada, pues, dijo, le asiste el derecho de decidir libremente sobre los tratamientos de su hija.

¿Qué resolvió la Suprema Corte?

Que si bien los padres tienen el derecho de tomar decisiones libres sobre sus hijos en temas salud y de educación religiosa, este derecho tiene como límite poner en riesgo sus vidas. En este caso particular, los ministros resolvieron que se debe sustituir la voluntad de los padres, pues el tratamiento indicado por la ciencia médica consiste en la realización de quimioterapias acompañadas de transfusiones sanguíneas.

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¿Cuáles fueron sus argumentos?

La Corte explicó que se pone en riesgo la vida de un niño cuando los padres, privilegiando creencias religiosas, se rehúsan a seguir un tratamiento que ya ha sido acreditado por la comunidad médica como el procedimiento más efectivo para tratar determinada condición letal.

Es decir, el tipo de tratamientos que la comunidad científica avala su eficacia y confiabilidad, como es el caso del tratamiento que se recomendó para esta menor, que incluye transfusiones sanguíneas.

En conclusión...

La Primera Sala ordenó que el tratamiento debe suministrarse bajo la estricta y minuciosa supervisión de las autoridades, y otorgar siempre un trato digno, incluyente y respetuoso a los padres.

Con información de Notimex.

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