Crear la SSP y eliminar el fuero, las iniciativas preferentes de AMLO
La creación de la Secretaría de Seguridad Pública y la eliminación del fuero de los servidores públicos en el gobierno serían las dos iniciativas preferentes que Andrés Manuel López Obrador enviaría al Congreso de la Unión una vez que asuma la presidencia de México.
Desde su casa de campaña, el virtual presidente electo anunció que su equipo ya analiza los proyectos de ley que considera como prioritarios para la siguiente administración.
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"Las vamos a definir en los próximos días. Una va dirigida a la creación de la Secretaría de Seguridad Pública y otra, relacionada con la eliminación de los fueros y los privilegios en el nuevo gobierno", dijo.
Entre los cambios que López Obrador prometió impulsar están la reforma al artículo 108 de la Constitución, para que el presidente pueda ser juzgado por corrupción en el ejercicio de sus funciones.
Cuestionado sobre si serán reformas legales o constitucionales, el morenista dijo que todavía se está valorando, pero que si es necesario hacer cambios a la Constitución en temas como la austeridad y el combate a la corrupción, se realizarán aunque tomen más tiempo.
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En cuanto a las medidas de austeridad que ha anunciado para su gobierno, afirmó que hay consenso entre los morenistas llegarán al Congreso y los gobiernos locales en el tema. Hasta ahora, dijo no saber que alguna otra fuerza política haya manifestado inconformidad con esas propuestas.
¿Qué es la iniciativa preferente?
En la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, el presidente de la República puede presentar hasta dos iniciativas que considere primordiales para la nación, siempre que no planteen reformas a la Constitución.
"El trámite preferente podrá pedirse hasta para dos iniciativas que no sean de reforma constitucional o señalar, con tal carácter, hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores, cuando estén pendientes de dictamen", define el Sistema de Información Legislativa (SIL).
Las iniciativas preferentes son discutidas en el Pleno de alguna de las cámaras en un plazo máximo de 31 días naturales.
"Si al término de este plazo no se hubiera discutido,ni votado, entonces deberá ser el primer asunto en abordarse en la siguiente sesión del Pleno y de ser aprobado o modificado tendrá que ser turnado a la cámara revisora, la cual deberá discutirlo y votarlo en el mismo plazo y bajo las mismas condiciones que en la cámara de origen", se explica en el SIL.
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