Los automovilistas en el Estado de México deben cumplir con una serie de trámites para poder circular sin problemas y no ser propensos a la aplicación de una multa. Entre éstos, se encuentra el reemplacamiento, el cual deben realizar las personas cuya vigencia de la lámina esté por concluir.
Los autos que deben reemplacar en mayo en Edomex

La Secretaría de Finanzas del Edomex determinó que aquellos dueños de vehículos que obtuvieron su placa en la entidad mexiquense en 2020 o años anteriores y de acuerdo a lo estipulado por las autoridades, deben realizar el este trámite de cambio de placas.
¿Quiénes deben reemplacar en mayo?
Todos aquellos que tengan placas expedidas en 2020 o antes de ese año deben hacer el cambio. Hasta el 31 de mayo deben cumplir con este trámite los automovilistas cuya placa termine en 3 y 4.
Hacer el trámite en línea y precio
- Accede a la plataforma oficial en este link.
- Elige las casillas “He consultado la página del Repuve arriba mencionada y el número de serie del vehículo no muestra anomalía” y “He leido y estoy de acuerdo con el Aviso de privacidad”.Ingresar un correo electrónico.Dar click en “No soy robot”.Da click en “aceptar”.Tener a la mano el número de placas, número de tarjeta de circulación y calcomanía.
- Realiza el pago de 1,014 pesos para vehículos particulares y 755 pesos para motociclistas.
- Agenda una cita para recoger las nuevas placas.
Para dudas, llama al 800 715 43 50, opción 1: ‘Renovación’ o manda un correo electrónico a la siguente dirección: asismex@edomex.gob.mx
Requisitos
1. Identificación oficial vigente con fotografía (INE, licencia, pasaporte, cédula profesional, etcétera) y CURP.
· Cuando el propietario no realice el trámite deberá presentar poder notarial e identificación del representante.
2. Factura de origen y documento jurídico que acredite la propiedad (contrato de compraventa, endoso, responsiva, factura de vehículo usado, entre otros).
3. Comprobante de domicilio vigente (no mayor a 3 meses) en el Estado de México (INE, recibo de luz, agua, teléfono, predial, etcétera).
4. Placas anteriores, baja o documento jurídico que acredite la carencia de las mismas (constancia de extravío).