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¿Por qué pueden cancelarte el apoyo de Mujeres con Bienestar?

Si cometes alguna de las faltas escritas en este artículo, el comité del programa determinará la baja o suspensión del apoyo.
mié 20 diciembre 2023 06:07 AM
Mujeres con Bienestar: ¿Por qué pueden cancelarte el apoyo?
¿Por qué podrían darte de baja en el programa Mujeres con Bienestar?

El programa Mujeres con Bienestar , implementado por el Gobierno del Estado de México, se ha convertido en un instrumento fundamental para brindar respaldo económico a mujeres en situación de vulnerabilidad. Sin embargo es esencial comprender que existen circunstancias específicas que podrían llevar a la cancelación de esta tarjeta, afectando el acceso a sus beneficios.

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¿Por qué me pueden cancelar el apoyo de Mujeres con Bienestar?

De acuerdo con el apartado 8.1.9.2 del reglamento de operación del programa, las beneficiarias podrán ser dadas de baja por las siguientes razones:

  • Proporcionar información socioeconómica falsa para su incorporación al Programa.
  • Cambiar de domicilio fuera del Estado de México.
  • Renunciar de manera voluntaria.
  • Fallecimiento.
  • Al cumplir los 65 años de edad.
  • Transferir, vender, prestar, permutar, modificar o alterar en su estructura el medio de entrega.
  • Realizar actos de proselitismo con los apoyos del Programa en favor de una persona postulante a un cargo de elección popular, a través de un partido político, coalición o de manera independiente.
  • Comprobar que es beneficiaria de otro Programa de Desarrollo Social Federal, Estatal o Municipal, mediante el cual reciba apoyo monetario.
  • No acudir a las convocatorias sin causa justificada.

¿Existen otras sanciones?

El comité suspenderá la entrega del apoyo y los servicios por el tiempo necesario, hasta que se resuelva la situación en los siguientes casos:

  • Cuando se identifiquen inconsistencias y/o información incorrecta en los datos personales, de domicilio y/o documentación entregada por la beneficiaria para ingresar al programa.
  • Cuando se detecte alteración o falsificación del documento del medio de entrega de la beneficiaria.
  • Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos.
  • Cuando se compruebe que es beneficiaria de otro Programa de Desarrollo Social Federal, Estatal o Municipal, mediante el cual reciba apoyo monetario.
  • Cuando la beneficiaria no acuda a las convocatorias sin causa justificada.
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