¿En qué horario se puede vender alcohol en Tlaxcala?
Las fondas, cafés cenadurías, taquerías, antojerías y similares podrán vender bebidas embriagantes de jueves a domingo en un horario de 11:00 a 01:00 horas.
Mientras que los viernes y sábado el horario de las 11:00 a las 02:00 hrs del día siguiente.
En el caso de los centros nocturnos, el horario de domingo a jueves es de 21:00 a 01:00 horas del siguiente día y viernes y sábado de 11:00 a 02:00 hrs. Éste último horario también aplica para las ferias estatales y municipales de lunes a domingo.
Quien no se apegue a lo establecido, será acreedor a la clausura del inmueble.
Qué más dice el decreto
El decreto también detalla lo siguiente:
- Queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública
- Queda prohibido, aun en embaces cerrados, la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, el incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento.
- Los lugares de expendio de bebidas alcohólicas, no podrán instalarse en un radio inferior a 150 metros a la redonda de los centros escolares de cualquier nivel educativo.
- Queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en general en campos deportivos, donde se practique futbol, basquetbol, voleibol y otros de similar naturaleza, en un radio no inferior a 150 metros a la redonda respecto de dichos lugares.
- Queda prohibido conducir vehículos motorizados de cualquier tipo cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 miligramos por litro, o de alcohol espirado superior a 0.4 miligramos por litro al conducir. Su incumplimiento se sancionará con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa y el aseguramiento del vehículo por representar un riesgo.