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Tlaxcala: Aplican decreto para regular venta de alcohol

El decreto para regular la venta y consumo de bebidas alcohólicas, es una medida del gobierno del Estado para inhibir la incidencia delictiva y disminuir el consumo de alcohol entre jóvenes.
mié 21 septiembre 2022 02:56 PM
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Los establecimientos dedicados a la venta de alcohol deberán acatar nuevos horarios, de lo contrario serán clausurados.

El gobierno de Tlaxcala puso en marcha un decreto para regular la venta de alcohol en la entidad. De acuerdo con lo establecido, éste aplica para la operación de los establecimientos dedicados a la venta y consumo de bebidas embriagantes en la demarcación.

“El decreto para regular la venta y consumo de bebidas alcohólicas, es una medida del gobierno del Estado para inhibir la incidencia delictiva y disminuir el consumo de alcohol entre jóvenes”, apuntó el gobierno de la entidad a través de sus redes sociales.

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¿En qué horario se puede vender alcohol en Tlaxcala?

Las fondas, cafés cenadurías, taquerías, antojerías y similares podrán vender bebidas embriagantes de jueves a domingo en un horario de 11:00 a 01:00 horas.

Mientras que los viernes y sábado el horario de las 11:00 a las 02:00 hrs del día siguiente.

En el caso de los centros nocturnos, el horario de domingo a jueves es de 21:00 a 01:00 horas del siguiente día y viernes y sábado de 11:00 a 02:00 hrs. Éste último horario también aplica para las ferias estatales y municipales de lunes a domingo.

Quien no se apegue a lo establecido, será acreedor a la clausura del inmueble.

Qué más dice el decreto

El decreto también detalla lo siguiente:

  • Queda terminantemente prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública
  • Queda prohibido, aun en embaces cerrados, la venta de bebidas alcohólicas a menores de edad, el incumplimiento se sancionará con la clausura definitiva del establecimiento.
  • Los lugares de expendio de bebidas alcohólicas, no podrán instalarse en un radio inferior a 150 metros a la redonda de los centros escolares de cualquier nivel educativo.
  • Queda prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas en general en campos deportivos, donde se practique futbol, basquetbol, voleibol y otros de similar naturaleza, en un radio no inferior a 150 metros a la redonda respecto de dichos lugares.
  • Queda prohibido conducir vehículos motorizados de cualquier tipo cuando se tenga una cantidad de alcohol en la sangre superior a 0.8 miligramos por litro, o de alcohol espirado superior a 0.4 miligramos por litro al conducir. Su incumplimiento se sancionará con arresto administrativo de hasta 36 horas conmutables por multa y el aseguramiento del vehículo por representar un riesgo.

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