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Un matrimonio gay exhibe el vacío legal para niños 'in vitro' en Aguascalientes

Alma y Pilar pelearon para que Fer fuera reconocida como su hija, un caso que muestra que la ley desprotege a niños concebidos por reproducción asistida, sean de parejas homosexuales u heterosexuales.
dom 18 noviembre 2018 07:05 AM
Batres
Igualdad. A nivel federal, esta Legislatura ha arrancado con iniciativas que buscan fortalecer los derechos de la comunidad LGBTTTI.

AGUASCALIENTES, Aguascalientes (ADNPolítico).- Fernanda aún no lo sabe, pero a sus dos años de edad ya hizo historia. Es la primera persona reconocida como hija de dos madres en Aguascalientes —donde el matrimonio igualitario y las familias homoparentales no son reconocidas por la ley— y su caso evidenció que una laguna en el Código Civil hidrocálido desprotege a los niños producto de fertilización in vitro.

Un amparo del juez cuarto de Distrito en Aguascalientes reconoció a Pilar y a Alma su doble maternidad sobre la niña. Además, advirtió de que el Código Civil no regula el registro y reconocimiento de bebés concebidos mediante reproducción asistida, lo que viola los derechos a la salud, la identidad y a la protección de la familia.

La sentencia no obliga a modificar la norma, pero se suma al llamado que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo en 2015, para que las entidades federativas modificaran los códigos civiles que prohibieran el matrimonio igualitario. En ese entonces, el máximo tribunal del país declaró inconstitucional negar a personas homosexuales los derechos que se garantizan a las heterosexuales.

Mientras el Congreso analiza propuestas para reconocer en la Constitución a todos los tipos de familia y para que el sector salud garantice el acceso de las personas a servicios de reproducción asistida, el camino que recorrieron Pilar, Alma y Fer pone al descubierto otro pendiente en las leyes nacionales y locales.

El largo camino de los tribunales

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Enfermeras de profesión, Pilar y Alma han estado juntas por 21 años. En su deseo de ser mamá, Alma se sometió durante dos años a tratamientos de reproducción; tras varios intentos fallidos, acordaron implantar uno de sus óvulos fecundados en el útero de Pilar y así fue como concibieron a Fer.

"Ya te has de imaginar cómo me sentía: sentía que tenía el cielo ganado y, bueno, miles de cosas. Y todo transcurrió muy bien", cuenta Alma.

Durante el embarazo, la pareja decidió que en el certificado de nacimiento —requisito obligatorio para expedir actas de nacimiento— la niña apareciera como hija de ambas, primero con el apellido de Alma y luego con el de Pilar.

Los médicos dijeron que no habría problema, pero horas antes del parto se negaron a registrarla así porque el Código Civil de Aguascalientes solo permite el registro y reconocimiento de personas presentadas por uno de los padres o, en su caso, por parejas formadas por hombre y mujer.

"En el certificado de nacimiento, (el doctor) la puso a nombre de Pilar y a mí no me puso... Fue algo muy, muy, muy difícil. Incluso nos dejamos", recuerda Alma.

Pilar se quedó con la niña, pero no le parecía justo que, si también era de Alma —genéticamente es su hija—, un documento le impidiera inscribirla en la escuela, representarla jurídicamente o dejarle una herencia.

Meses después, Pilar dio con Wilfrido Salazar y el equipo jurídico del Observatorio de Violencia Social y de Género, que le plantearon renunciar a la niña para que Alma la adoptara o recurrir a un amparo para registrarla con los apellidos de ambas.

"¿Por qué voy a adoptar a mi propia hija?", reaccionó Alma a la primera opción, que implicaba el riesgo de que Fer fuera entregada a alguna familia en lista de espera para adoptar. Pilar y Alma optaron por el amparo, con un requisito previo para 'facilitar' el trámite.

"Le dijeron a Pilar: 'Necesitamos que se casen para que podamos arreglar el acta de nacimiento de la niña'. Pilar me dijo a mí y le dije que sí. Fue otro amparo para casarnos", explica Alma.

Dos amparos y seis meses después, Fer, Pilar y Alma se convirtieron en una familia con todas las de la ley. Una familia que espera, gracias a la reproducción asistida, a su cuarto integrante.

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Papelito habla
Papelito habla. Esta es el acta que reconoce a Alma y a Pilar como madres de Fernanda.

¿De quién son los niños 'in vitro'?

El Registro Civil se negó a reconocer a Fer como hija de dos madres con el argumento de que hacerlo se contraponía a los artículos 53 y 69 del Código Civil local.

"Por una parte, el registro de nacimiento surte efectos de reconocimiento de un hijo en relación a los progenitores que aparezcan en el mismo y, que en el caso particular del reconocedor, no se considera progenitor; y por otra, que el nombre del registrado se constituye por el nombre propio, el primer apellido del padre y el primer apellido de la madre", reseña la sentencia.

Así, Pilar y Alma promovieron amparo. Privilegiando el interés superior de la menor, el juez Manuel Augusto Castro López resolvió que el código limita el registro y reconocimiento de hijos no solo de personas y parejas homosexuales, sino también de los concebidos mediante fecundación asistida incluso por personas heterosexuales.

"Excluye a los menores nacidos mediante técnicas de reproducción asistida de los derechos que se reconocen a los hijos de una pareja conformada por hombre y mujer, específicamente de sus derechos de identidad y a permanecer en familia, y de todos los beneficios que ello conlleva", como recibir herencias o acceder a seguros y pensiones de orfandad, concedió la sentencia.

Esa exclusión, determinó Castro López, viola los derechos de igualdad ante la ley y no discriminación, a la identidad y a la protección de la familia. Además, indirectamente viola el derecho a la salud y a la libertad procreacional de quienes conciben vía reproducción asistida, independientemente de su orientación sexual.

"La procreación asistida, en sus diferentes variantes, deriva de un derecho a la salud, pues constituye una solución para las parejas que requieren de asistencia médica especializada para la procreación de sus hijos, en vinculación al ejercicio pleno del diverso derecho a la protección de la familia, como un elemento natural y fundamental de la sociedad", argumenta en la resolución.

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¿Modificar el Código Civil? Quién sabe...

La Legislatura local actual, que inició en septiembre, solo tiene dos propuestas: la del PAN, bancada mayoritaria, que va por dejar las cosas como están, y la de Morena, segunda fuerza, de someter a consulta la despenalización del aborto, la legalización de los matrimonios igualitarios y otros temas.

Para Salazar, quien además del reconocimiento de Fer ha litigado asuntos de la comunidad LGBTTTI, la reforma del Código Civil está atorada en el Congreso.

"Desde mi perspectiva, (sigue) que ya exigiéramos juicio político. El artículo tercero de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos dice que los diputados son sujetos a juicio político en cuanto estén cometiendo violaciones graves a los derechos humanos", señala.

Esta es la tercera Legislatura que se muestra omisa hacia el llamado de la Corte y las peticiones de corregir fracciones que se consideran discriminatorias del Código Civil. El registro y reconocimiento de los niños in vitro se suma a los pendientes de legalizar el matrimonio igualitario y eliminar la prohibición de matrimonio civil a portadores del VIH.

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