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Morena no vulneró principio de laicidad por imagen de Santa Muerte en playera

La polémica playera comenzó a venderse en las inmediaciones del Palacio Nacional después de que Morena compartiera la imagen.
mié 22 mayo 2024 05:24 PM
Sesión Senado Afores (1)
Políticos del PAN presentaron queja por la playera.

Morena no vulneró el principio de laicidad por la difusión en una playera de la imagen de la Santa Muerte con la leyenda “un verdadero hombre nunca habla mal de López Obrador”, determinó la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Lo anterior, tras la queja que presentó el Partido Acción Nacional (PAN) contra la difusión de esa imagen en redes sociales por parte del partido guinda.

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De acuerdo con el blanquiazul, Morena vulneró el principio de laicidad por la difusión de propaganda electoral con símbolos religiosos y difusión de propaganda electoral que incita a la violencia.

En sesión pública presencial realizada este miércoles, el pleno de la Sala Superior respaldó el proyecto elaborado por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE), en el sentido que el uso de una imagen no representa una religión.

“La ponencia propone confirmar el acuerdo de desechamiento ante lo infundado e inoperante de los agravios, ya que la responsable (INE), sí analizó de manera integral y exhaustiva las publicaciones objeto de la denuncia, a partir de las pruebas ofrecidas, sin que ello implicara un pronunciamiento de fondo”, indica el proyecto avalado por mayoría de votos.

Además, se consideraron inoperantes los argumentos relativos a que la UTCE debió realizar una interpretación constitucional, sobre si la figura de la Santa Muerte puede vulnerar el principio de laicidad, así como si la imagen en cuestión representa una religión.

Al argumentar las razones de su voto en contra del proyecto de resolución, la magistrada Janine Otálora Malassis, estimó que la UTCE, realizó un análisis del alcance del principio constitucional de laicidad, determinando en qué casos aplica este y en cuáles no.

“Considerando que el estudio de los principios constitucionales sobre libertad de creencias o el principio de laicidad rebasan el ámbito de competencias y de atribuciones de la Unidad Técnica por lo que estimo debe revocarse al haber utilizado argumentos de fondo en este desechamiento”, planteó Otálora Malassis quien se había pronunciado por revocar el acuerdo del INE.

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