Se trata, añadió el juzgador, de un pilar fundamental para garantizar y proteger la integridad, la libertad, la igualdad, la seguridad, la propiedad y los demás derechos que prevé nuestro sistema jurídico.
Además, la protección que ha otorgado esta figura no hubiera podido tener lugar, si no hubiera ido acompañado de una suspensión que permitiera preservar el derecho protegido por el propio medio de defensa, pues se asegura la tutela preventiva de los derechos e intereses colectivos y difusos.
Principalmente, de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales, cuyo cumplimiento y exigibilidad constituye una obligación humana a cargo del Estado mexicano.
“¿Acaso la existencia de un juicio, cuya finalidad es proteger los derechos humanos, realmente defenderá y protegerá nuestro futuro y el de nuestras generaciones, si quienes lo tramitan no pueden impedir que una actividad que impacta negativamente en él, se detenga?, ésta es una interrogante principal que nos envuelve con un gran dilema: la suspensión con efectos generales, es fundamental para defender los intereses legítimos reconocidos por la Constitución federal”, remarcó el ministro.