Al argumentar su voto en contra del sentido del proyecto que declaró como no procedente la denuncia, el consejero Martín Faz, dijo que la investigación presentada por la Unidad Técnica de Fiscalización “no es lo suficientemente exhaustiva para la gravedad de los hechos que se denuncian” y, por tanto, este procedimiento no se encuentra en estado de resolución.
“Comprendo perfectamente la complejidad de investigar el efectivo que se extrae del sistema bancario para precisamente no dejar rastro, como sí ocurrió en casos similares relativos a descuentos de nómina, razón por la cual considero que no es posible encontrar hallazgos relevantes a tan sólo unos cuantos meses de iniciada la investigación”, anotó.
Faz dijo que la Unidad Técnica de Fiscalización intentó realizar un cuestionario a 249 personas trabajadoras del Estado.
“Sobre ese tema estimo que se debe tener una particular sensibilidad al momento de preguntar si sufrieron algún tipo de retención ilegal de su salario o si fueron intimidados para entregar un porcentaje de su sueldo en efectivo, toda vez que a diferencia de casos análogos a los que se ha enfrentado esta autoridad, ahora las personas continúan prestando sus servicios para la misma administración, lo que podría dirigir el sentido de sus respuestas o simplemente justificar su negativa a no contestar.
“Razón por la cual la unidad debe explorar las vías jurídicas que se tengan al alcance, para garantizar algún tipo de protección o confidencialidad de los datos de las personas que ofrezcan un testimonio que les pueda significar algún tipo de prejuicio”, planteó el consejero.
Por tanto, propuso devolver el proyecto a fin de que la Unidad de Fiscalización despliegue sus facultades de investigación, con base en lo dispuesto por el artículo 39, numeral 3 del Reglamento de Procedimientos Sancionadores en materia de Fiscalización del INE.