De acuerdo con la ley electoral, el plazo para el registró de las candidaturas presidencial, así como diputaciones y senadurías por ambos principios inició el pasado 15 de febrero y concluirá el 22 de este mes.
El Consejo General del INE sesionará el próximo 29 de febrero y las candidaturas que resulten procedentes podrán iniciar campaña a partir del 1 de marzo.
Requisitos
Durante su registro, los candidatos deberán señalar el partido político o coalición que los postula, además deberán proporcionar los siguientes:
- Apellido paterno, apellido materno y nombre completo;
- Lugar y fecha de nacimiento;
- Domicilio y tiempo de residencia en el mismo;
- Ocupación;
- Clave de la Credencial para Votar;
- Cargo para el que se le postule, y
- Las candidaturas a las Cámaras del Congreso de la Unión y de los Congresos de las Entidades Federativas que busquen reelegirse en sus cargos, deberán acompañar una carta que especifique los periodos para los que han sido electos en ese cargo y la manifestación de estar cumpliendo los límites establecidos por la Constitución en materia de reelección.
Dicha solicitud deberá acompañarse de la declaración de aceptación de la candidatura, copia del acta de nacimiento y del anverso y reverso de la Credencial para Votar.
De igual manera, el partido político deberá manifestar por escrito que las candidaturas postuladas fueron seleccionadas de conformidad con las normas estatutarias del propio partido político.
Para el registro de las candidaturas de coalición, la ley electoral establece que deberá acreditarse que se cumplió con lo dispuesto en la Ley General de Partidos Políticos, de acuerdo con la elección de que se trate.