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Intercampañas 2024: ¿Qué son y qué se puede y no hacer?

Del 19 de enero al 29 de marzo, inicia el periodo intercampaña, durante el cual los partidos y precandidatos no pueden llevar a cabo actos públicos para no incurrir en actos anticipados de campaña.
mar 16 enero 2024 11:00 AM
Intercampañas 2024: ¿Qué son, qué se puede y no hacer según el INE?
Tras las precampañas, las aspirantes y el aspirante deberán entregar informes de gasto y éstos deben ser revisados por las autoridades electorales.

El 18 de enero terminaron las precampañas de los aspirantes a la presidencia de la República, Claudia Sheinbaum, Xóchitl Gálvez y el recién designado precandidato Jorge Álvarez Máynez.

Es así que a partir del 19 de enero y hasta el 29 de febrero, durante el periodo de intercampaña, las autoridades electorales deben recibir informes de ingresos y gastos de los precandidatos, realizar auditorías; desde el lado de los aspirantes, este periodo les permitirá unos días para reorganizar sus equipos al no tener actos públicos y así evitar incurrir en actos anticipados de campaña.

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¿Qué es la intercampaña y qué finalidad tiene?

Una vez concluidas las precampañas, esto es, las reuniones públicas, asambleas y, en general, aquellos eventos en los que los aspirantes a una candidatura se dirigen a los afiliados y simpatizantes con el objetivo de obtener su respaldo para ser postulados como candidatos a un cargo de elección popular; entonces, inicia el periodo de intercampaña.

Esta fase del proceso inicia al día siguiente que terminan las precampañas y un día antes del inicio de las campañas, sin embargo, es importante recalcar que NO se trata de un periodo para la competencia entre aspirantes.

Más bien, abre un espacio para que los equipos de precampaña y los partidos políticos que los postulan, resuelvan posibles diferencias sobre la selección interna de candidatos a elección popular.

“Estamos en víspera que empiece el periodo de intercampañas, el próximo 19 de enero y durante ese periodo, en esencia, ya no se puede hacer propaganda proselitista, no se pueden hacer llamados al voto e incluso, como ocurría en el periodo de precampañas que se llamaba a la militancia a los propios partidos a apoyar a una precandidatura, eso ya no puede ocurrir”, resume la consejera Dania Ravel.

“Lo que vamos a ver es propaganda genérica de parte de los partidos políticos y en el caso del INE, un reforzamiento en propaganda informativa, para que sepan, por ejemplo, justo los tiempos para la credencialización, reimpresión y cuestiones de esa índole de interés público”, aclara a Expansión Política.

Intercampañas 2024: ¿Qué se puede hacer y qué no?

Durante este periodo hay cosas que los partidos y las candidatas presidenciales no pueden hacer. Aquí te explicamos qué está permitido y qué no.

¿Los partidos políticos pueden difundir propaganda en la intercampaña?

Los partidos políticos en este periodo se encuentran sujetos a ciertas limitantes que tienen como objetivo asegurar la equidad en la contienda; es decir, que el contenido de lo que se difunda en este periodo debe tener el carácter de informativo.

Esto es, sí se permite la difusión de propaganda política, la cual tiene por finalidad presentar la ideología, principios, valores o programas de un partido político en general.

Durante este periodo está prohibida la difusión de propaganda electoral de algún aspirante con miras a obtener el triunfo en las elecciones.

Ravel Cuevas explica que durante la intercampaña no se puede llamar a votar a favor de una candidatura o tratar de posicionar a algún partido político ante el electorado.

Tampoco se pueden hacer debates, sino hasta el periodo de campañas, añade en entrevista.

¿Cuál es el papel de la radio y televisión en intercampañas?

Los medios de comunicación podrán incluir referencias a cuestiones de interés general y con carácter informativo, mientras no se haga uso explícito de llamados a votar a favor o en contra o referencias expresas a candidatos y plataforma electoral del partido político que difunde el promocional.

Los promocionales o spots que los partidos difundan no deben hacer mención ni identificar a un candidato o partido político a fin de posicionarlo de forma negativa o positiva, es decir, hacer propaganda a favor o en contra de algún partido político o candidato.

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¿Se puede incurrir en actos anticipados de campaña durante la intercampaña?

De acuerdo con las normas que debe vigilar el INE, para que un acto constituya acto anticipado de campaña, debe tener:

-Un elemento personal: que los realicen los partidos políticos, así como sus militantes, aspirantes, precandidatos o candidatos.

- Un elemento temporal: que acontezcan antes, durante o después del procedimiento interno de selección de candidatos y previamente al registro constitucional de candidatos.

- Un elemento subjetivo: que tengan el propósito fundamental de presentar la plataforma de un partido político o coalición o promover a un candidato para obtener el voto de la ciudadanía en la jornada electoral.

-¿El INE estará atento a posibles actos anticipados de campaña? –se le pregunta en entrevista a la consejera electoral Dania Ravel.

-En ese tiempo y en cualquier momento, el INE está atento a que se cumpla con la ley y lo que pudiera ocurrir es que se pudieran realizar actos anticipados de campaña, lo cual sería grave.

Advierte que las sanciones pueden ir, dependiendo de la gravedad en que se incurra, desde multas, sanciones económicas o hasta la pérdida del registro o la cancelación del registro, si ya se hubiese otorgado.

En su caso, será la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación la autoridad responsable de imponer estas sanciones.

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¿Se podrán hacer entrevistas a los precandidatos?

Durante la intercampaña, la libertad de expresión de los precandidatos y candidatos, así como el derecho de los medios de comunicación para ejercer su labor periodística al realizar entrevistas, están salvaguardados en todo momento.

Los medios de comunicación podrán realizar entrevistas y difundir piezas noticiosas sobre los partidos políticos, coaliciones, las y los precandidatos postulados, siempre y cuando se respete la equidad y las disposiciones sobre la compra o adquisición de tiempo aire en la radio y la televisión.

De igual forma, quienes fueron precandidatos podrán asistir a eventos privados y reuniones para exponer temas generales y de interés público, siempre que no llamen al voto ni se incurra en actos anticipados de campaña.

La consejera electoral Ravel aclara que los medios de comunicación podrán hacer su labor periodística e incluso, entrevistar a los precandidatos.

“El trabajo periodístico está cubierto en esa parte, sí puede haber entrevistas y eso es importante resaltarlo. Por supuesto que se pueden dar coberturas a través de notas periodísticas”.
Dania Ravel, consejera electoral

Recuerda que las y los precandidatos podrán “aparecer” en televisión y en radio, (entrevistas, piezas noticiosas, programas de opinión, eventos privados y reuniones), pero no pueden llamar al voto.

“Pueden seguir hablando y aparecer en el marco del trabajo periodístico que realizan, pero no en la propaganda que hagan los partidos políticos”, aclara.

Y ¿qué hay de la fiscalización de sus informes de ingresos y gastos?

El Consejo General del INE avaló un tope máximo para las precampañas de 85.9 millones de pesos; 15.7 millones de pesos más que los aprobados en 2018 (67.2 millones de pesos).

Además, otorgó un plazo de tres días a los partidos políticos, una vez concluidas las precampañas, para presentar sus informes de ingresos y gastos, criterio que ratificó la sala superior de TEPJF.

Por ello, los precandidatos deberán informar de todos los ingresos y gastos que realizaron durante los 60 días de precampaña.

Y es que, con la fiscalización, se asegura que el origen y uso de los recursos que utilizan los partidos y candidatos provenga de las fuentes permitidas por la ley, que no pasen los topes establecidos y que se realicen a través del sistema bancario mexicano.

La revisión de los informes que presentan los partidos, así como la práctica de auditorías sobre el manejo de los recursos, de la contabilidad y de la situación financiera de los partidos políticos está a cargo de la Unidad Técnica de Fiscalización (UTF), quien es supervisada por la Comisión de Fiscalización y aprobados sus proyectos de resolución por el Consejo General del INE.

En acatamiento al TEPJF, el INE contará con 40 y no 57 días para fiscalizar los ingresos y gastos de los partidos políticos durante las precampañas electorales, dejándolos al límite de hacer las revisiones antes de que inicien las campañas federales el próximo 1 de marzo.

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