Las personas reclusas podrán votar por presidente de la República y Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, así como por diputaciones y alcaldías, respectivamente, mientras que, en el caso de Hidalgo, por diputaciones locales y municipalidades. Ambas entidades ya regularon esa modalidad.
Durante la sesión celebrada este martes, los consejeros Carla Humphrey, Norma De la Arturo Castillo y Jaime Rivera destacaron que el voto en prisión atiende el principio de presunción de inocencia y maximiza el ejercicio de los derechos humanos en su vertiente político-electoral de votar.
Los Lineamientos establecen que las autoridades de las secretarías de Seguridad Pública, federales y locales, deberán proporcionar, con corte al 31 de diciembre de 2023, una base de datos de las personas recluidas sin sentencia condenatoria.
Posteriormente, se realizará una primera verificación de situación registral para identificar aquellos casos no inscritos en el Padrón Electoral y/o en la Lista Nominal de Electores.
Dichas autoridades también deberán proporcionar una ficha de registro y/o antropométrica de las personas en prisión preventiva recluidas en los centros penitenciarios de su entidad federativa, con la cual se llevará a cabo la comprobación de las huellas digitales y la fotografía correspondiente.